BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 15/06/2012
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 6 SECRETARIA N° 12, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, en el Expte. N° B-195769/2008: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ RODRIGUEZ, EMMA ZULEMA”, se procede a notificar del siguiente Decreto:”San Salvador de Jujuy, 08 de Febrero del 2012. Téngase por presentado al DR. JUAN SEBASTIAN JENEFES…. Notifiquese como se pide en el punto III mediante Edictos la sentencia de fs. 100, a la demandada RODRIGUEZ, ZULEMA EMMA mediante la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en CINCO DIAS. FDO. DRA. CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ ANTE MI SECRETARIO DR. FEDERICO MERCADO (PROSECRETARIO). SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 DE DICIEMBRE. AUTOS… CONSIDERANDO… RESUELVE: 1°) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MACRO S.A. en contra de RODRIGUEZ, ZULEMA EMMA, hasta hacerse el acreedor de integro pago de la suma de Pesos SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 763,71), con mas los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. N° B-145.731/05 Sala I – Trib. del Trabajo (Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”, (L.A. 54, F° 673/678 – N° 235) y con mas un interés punitorio equivalente al 50% desde la mora y hasta el efectivo pago, más I.V.A. si correspondiere.- 2°) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.). 3°).- Regular los honorarios profesionales del los DR. GUILLERMO JENEFES en la suma de Pesos: CIENTO SESENTA Y SIETE ($167) POR SU ACTUACION EN EL DOBLE CARÁCTER y al DR. JUAN SEBASTIAN JENEFES QUEVEDO en la suma de Pesos TRESCIENTOS TREINTA Y TRES ($333) como patrocinante, fijados a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengara interés igual que el dispuesto para el capital hasta su efectivo, mas IVA si correspondiere (L.A. F° 673/678- N° 235).- 4°) Notificar por Cedula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- 5°) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ – ANTE MI: DRA. MARCELA FICOSECO – FIRMA HABILITADA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, FEBRERO 27 DE 2012.-
11/13/15 JUN. LIQ. Nº 102525 $ 30,00.-








