BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 08/06/2012
DRA. MARISA E. RONDON, JUEZ de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 5, de LA Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-254240 /11, caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ AVILA PATRICIO HERNAN”, hace saber al SR. AVILA PATRICIO HERNAN el siguiente decreto que a continuación se transcribe: SAN SALVADOR de JUJUY, 24 DE JUNIO DEL 2.011.- 1.- Téngase por presentado el Dr. SAIDMAN ROS, FRANCISCO JAVIER por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de CARSA S.A., conforme lo acredita con la copia de Poder General para Juicios que agrega, debidamente juramentada.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado AVILA PATRICIO HERNAN, Mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 42/100 ($1262,42) por Capital reclamado, con mas la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 21/100 ($631,21) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de la ley, requiéndosele sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese nombre, monto y domicilio de los acreedores, cítesele de remate para que ponga excepción legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 Secretaria 5 sito en calle INDEPENDENCIA esq LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución 4.- Al efecto comisiónese al Sr. JUEZ DE PAZ, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Asimismo, intímese al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C).-5.- Notifiquese (Art 154 del CPC) FDO DRA BEATRIZ J. GUTIERREZ-JUEZ- ANTE MI: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSAUNA-SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local, por TRES VECES en CINCO DÍAS.- PRO-SECRETARIA: PROC. MARTA J BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de MAYO de 2012.-
08/11/13 JUN. LIQ. Nº 102231 $ 30,00.-








