BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 08/06/2012

DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 SECRETARIA N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-04733/96 caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY C/ PATRICIA MARIA AZUCENA BURGOS-MIRIAM SALAVERON DE GOMEZ Y OSCAR E. ARROYO”, hace saber a los SRES. MIRIAM VIVIANA SALAVERON DE GOMEZ Y OSCAR EDGARDO ARROYO la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe: ”SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de AGOSTO del 2011.- AUTOS Y VISTOS: … RESULTA… CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY-ENTE RESIDUAL en contra de los Sres. PATRICIA MARIA AZUCENA BURGOS, MIRIAM VIVIANA SALAVERON DE GOMEZ Y OSCAR EDGARDO ARROYO, hasta hacerse acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00), con las costas del Juicio y el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales(Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.-Regular los honorarios profesionales de los DRES. ELBA CELIA ISOLDA CALSINA Y GUILLERMO RAUL JENEFES en la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) para cada uno en respectivamente por la labor profesional desarrollada en autos a cada uno de los nombrados, conforme Acordada (L.A. N° 14, F° 27/28 N° 16, 11/03/11). Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengara un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con lo dispuesto por nuestro Superior Tribunal de Justicia en Expte. N° 7096/09, caratulado“Recurso de Inconstitucionalidad Int. en el Expte. N° B-145731/05 (Sala I – Trib. del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y Otros Rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otros”, (L.A. N° 54, F° 673/678, N° 235, de fecha 11/05/2011), hasta su efectivo pago, con mas I.V.A. si correspondiere.- IV.-Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a Fs. 60, mandándose notificar la presente Resolución a la SRA. PATRICIA MARIA AZUCENA BURGOS mediante cedula y a los SRES. MIRIAM VIVIANA SALAVERON DE GOMEZ Y OSCAR EDGARDO ARROYO mediante la publicación de Edictos y en el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Asimismo se da a conocer DECRETO FS. 288 el cual se transcribe a continuación:/// San Salvador de Jujuy, 30 de Setiembre del 2011.- No dándose en la resolución de fecha 29 de agosto del 2011 obrante a fs. 279/280 de autos, conceptos que aclarar, comisiones que suplir, ni errores que deben ser rectificados por el Juzgado, al pedido de aclaratoria formulado por la Dra. Isolda Calsina a fs. 286/287 de autos, no ha lugar.- Notifiquese por cedula.- FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ- ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA- PROSECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Pro-Secretaria: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de mayo del 2012.-

04/06/08 JUN. LIQ. Nº 102219 $ 30,00.-