BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 18/05/2012
EL TRIBUNAL DE FAMILIA VOCALIA VI, en el Expte. Nº B-204.708/09: “DIVORCIO VINCULAR: MIGUEL ANGEL CALIVA C/ PETRONA PINEDA”, ordena por este medio notificar el siguiente proveído a la Sra. PETRONA PINEDA: “San Salvador de Jujuy, 8 de agosto de 2.011.- Atento el informe actuarial que antecede hágase efectivo el apercibimiento decretado en autos y téngase por decaído el derecho de contestar la demanda a la Sra. PETRONA PINEDA ordenándose la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días. Notifiquese por cedula e impóngase a la letrada presentante la carga procesal de confeccionar las diligencias para ser presentadas en un plazo de cinco días para su control y firma.- Fdo. Dra. MIRTA CHAGRA-JUEZ DE FAMILIA. Dra. MARIA S. PIZARRO-SECRETARIA.-
18/21/23 MAY. LIQ. Nº 102097 $ 30,00.-








