BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 14/05/2012
DRA. MARISA RONDON- Juez Habilitado- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 3, en Expte. Nº B-243.289/10, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO SAENZ S.A C/ TORRES, MANUEL ALEJANDRO”, hace saber al Sr. MANUEL ALEJANDRO TORRES, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO FS.32”///: SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Abril de 2012.-Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito que antecede presentado por el Dr. GUILLERMO E. M. SNOPEK, ordenase la notificación por edictos al demandado SR. MANUEL ALEJANDRO TORRES las partes pertinentes de la providencia de fs. 11 de autos, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. de la Provincia.- Para el caso que el demandado Sr. MANUEL ALEJANDRO TORRES no se presente ha hacer valer sus derechos se le designara oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- El oficio diligenciado que se adjunta, agréguese y téngase presente.- Notifiquese ( Art. 155 del C.P.C).- Fdo Dra. MARISA RONDON- Juez Habilitado- Ante mi: Dr. GUSTAVO MARCELO IBARRA- Secretario.- PROVIDENCIA DE FS. 11:”///San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre del 2010.- Por presentado el DR. SNOPEK GUILLERMO E. M., por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de BANCO SAENZ S.A., a merito de la sustitución de Poder Gral. para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta.- Atento a las constancia de autos y ala demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los Art. 472. inc 4º, 478 y correlativos del C.P.C, librése en contra del demandado SR. TORRES MANUEL ALEJANDRO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS TRES MIL OCHENTA Y CUATRO CON DOS CENTAVOS ($3084,32), por capital reclamado, con mas la suma de PESOS MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($1416,86) calculados provisoriamente para acrecidas y costas.- En…- Asimismo…- Además…-A los efectos…- Asimismo, intímese a la demandada para que en el mismo termino que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (art. 52 del Código Procesal Civil- Notifiquese (Art. 154 de C.P.C).- Fdo. Dra. MARISA E. RONDON- Juez Habilitado- Ante mi: Dr. GUSTAVO MARCELO IBARRA- Secretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES EN CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 24 de abril del 2012.-
11/14/16 MAY. LIQ. Nº 102054 $ 30,00.-








