BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 11/05/2012

ESCRITURA NUMERO NOVENTA Y UNO.- Nº 91.- PRORROGA DE PLAZO DE DURACION Y CAMBIO DE DOMICILIO DE LA SOCIEDAD DENOMINADA “COLEGIO MODELO PALPALA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.– En la Ciudad de Palpalá, Departamento Palpalá, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cinco días del mes de Septiembre del año dos mil once, ante mí, MARIA GABRIELA MELANO RICCI, Escribana Autorizante Titular del Registro Notarial número cuarenta y seis, comparece, la señora JUANA ESTER LIZARRAGA DE ORTIZ, Documento Nacional de Identidad número 6.236.637, casada en primeras nupcias con el señor Nelso Fernando Ortiz, con domicilio legal en calle Bernardina Miraval número veintiuno, de esta Ciudad y domicilio real en Avenida Río de La Plata número trescientos cincuenta y cuatro, de esta Ciudad, argentina, mayor de edad, a quien afirmo conocer de acuerdo a lo normado en el apartado a) del artículo mil dos del Código Civil, Ley 26.140.- Y la compareciente dice: Que concurre a este acto en su carácter de Gerente General de la sociedad comercial denominada “COLEGIO MODELO PALPALA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, carácter que acredita con los siguientes instrumentos: a.- Contrato Constitutivo de la sociedad de fecha cinco de setiembre del año mil novecientos noventa y uno, inscripto en el Registro Público de Comercio al folio ciento setenta, Asiento ciento sesenta y ocho, del Libro I de S.R.L., en fecha 24 de Abril del año mil novecientos noventa y dos y bajo asiento ciento sesenta y ocho, Folio ochocientos noventa y cinco al ochocientos noventa y ocho, del Legajo I, Tomo II, del Registro de Escrituras Mercantiles y b.- Acta de Asamblea General Ordinaria número cincuenta y siete del día once de Junio del corriente año, mediante la cual se acredita la designación de la compareciente en el carácter invocado.- Y la compareciente, en el carácter invocado y acreditado, dice: 1º.- PRORROGA DEL PLAZO DE DURACION: Que la sociedad antes mencionada y a la cual representa, se constituyó por un plazo de veinte años, a contar del día dieciséis de setiembre del año mil novecientos noventa y uno, conforme lo establece la cláusula “TERCERA”, del contrato constitutivo antes relacionado.- Que atento a la proximidad del vencimiento del plazo de duración de la sociedad, los actuales socios reunidos en Asamblea General Ordinaria, celebrada el día once de junio del corriente año, resolvieron por unanimidad, prorrogar el plazo de duración de la sociedad por veinte años más, conforme surge del acta número cincuenta y siete, que en su parte pertinente dice: “…En la Ciudad de Palpalá, siendo las 10,30 hs., del día 11 de Junio de 2011, se da por iniciada la Asamblea General Ordinaria en la sala de profesores del Colegio Modelo Palpalá,…- A la hora indicada, están presentes los socios con el total de las cuotas societarias, por lo tanto se cuenta con el 100% de asistencia…La gerente…da comienzo a la lectura del orden del día: 1º…-2º…3º…4º Consideración del Art. 3º del Contrato Social.- 5º…-6º.- En lo que respecta al punto 4º, los socios por unanimidad deciden la continuación de la SRL por otro plazo de 20 años, por lo que se iniciarán de inmediato los trámites legales correspondientes…Sin otro tema por tratar, siendo las 12.30 hs. se levanta la reunión de Asamblea Ordinaria, firman al pie todos los presentes..”.- Esta decisión fue refrendada por unanimidad de los socios reunidos en Asamblea Extraordinaria el día dos de septiembre del corriente año, conforme surge del acta número cincuenta y ocho, que en su parte pertinente dice: “En la Ciudad de Palpalá, siendo las 17,30, del día 2 de Setiembre de 2011, se da por iniciad la Asamblea Extraordinaria para tratar los siguientes puntos del Orden del Dia: 1.- Reafirmar de decisión de modificar el contrato Social.- 2.- Autorizar a la Gerente Ester Lizarraga a llevar a cabo todas las acciones pertinentes 3.-…Se da comienzo a la reunión tomando la palabra la Sra. Ester de Ortiz para explicar a los socios que es necesario refrendar en este acto, la voluntad expresada de continuar con la S.R.L. por 20 años mas. Para ello se faculta a la gerente general a realizar todas las acciones pertinentes a tal fin, siendo fundamental en primer lugar modificar el contrato social. Sin otro tema a tratar, siendo las 18,30 se da por finalizada esta reunión”.- En consecuencia, en virtud de lo antes expresado y conforme lo admitido por el artículo 95 de la Ley 19.550, declara prorrogada la sociedad, cuyo plazo vencerá el día dieciséis de setiembre del corriente año, motivado en la decisión unánime de los socios de continuar con el giro de los negocios sociales de manera habitual. Por todo lo que establece un plazo de duración de la sociedad de veinte años contados esto a partir de la fecha de inscripción de la presente en el Registro Público de Comercio.- 2.- DOMICILIO SOCIAL: Que la sociedad actualmente tiene su domicilio en un lugar diferente al establecido en su estatuto constitutivo, por lo que se hace necesario reformar el domicilio mencionado en el mismo para adecuarlo a la realidad social, por lo que de acuerdo a lo resuelto por los actuales socios en forma unánime, en Asamblea Extraordinaria de fecha dos de septiembre del año dos mil once, lo que surge del acta número cincuenta y ocho, que en su parte pertinente dice: “En la Ciudad de Palpalá, siendo las 17,30, del día 2 de Setiembre de 2011, se da por iniciada la Asamblea Extraordinaria para tratarlos siguientes puntos del Orden del Dia: 1.- Reafirmar de decisión de modificar el contrato Social.- 2.- Autorizar a la Gerente Ester Lizarraga a llevar a cabo todas las acciones pertinentes 3.- Incluir aceptación de la Actualización de domicilio al domicilio Actual. Se da comienzo a la reunión…Para ello se faculta a la gerente general a realizar todas las acciones pertinentes a tal fin, siendo fundamental en primer lugar modificar el contrato social en el que…debe actualizarse el domicilio de la S.R.L. que es el actual domicilio del colegio, a saber: Avda. Río de la Plata 354-Barrio San Ignacio de Loyola de la Ciudad de Palpalá.- Sin otro tema a tratar, siendo las 18,30 se da por finalizada esta reunió”.- Por lo tanto, en el sentido de reformar el estatuto social, en lo que respecta a su domicilio, viene a fijar el actual domicilio de la sociedad, el cual es en Avenida Río de La Plata número trescientos cincuenta y cuatro, Barrio San Ignacio de Loyola, de esta Ciudad.- Por consiguiente, en cumplimiento de lo antes detallado, la señora Juana Ester Lizarraga de Ortiz, en el carácter invocado, procede a reformar las siguientes cláusulas del mencionado contrato constitutivo, las que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: “PRIMERA: Denominación, Domicilio y Ratificación. Queda constituida entre los firmantes, a partir del día de la fecha, la sociedad que actuará bajo la denominación de “COLEGIO MODELO PALPALA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio legal en Avenida Río de La Plata número trescientos cincuenta y cuatro, Barrio San Ignacio de Loyola, de la Ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy, la que podrá radicar establecimientos, sucursales, o representaciones en cualquier punto de la República Argentina para el cumplimiento de sus fines. Con tal motivo se ratifican expresamente los actos llevados a cabo hasta ahora y desde la celebración de la referida Acta, por las representantes provisorias de la razón social”.- “TERCERA: Duración. La sociedad se constituye por un plazo de veinte (20) años a contar de la inscripción de la prórroga en el Registro Público de Comercio”.- La compareciente, faculta a la autorizante, para que realice ante el Registro Público de Comercio, todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción definitiva de la presente escritura en dicho organismo, facultándola para interponer, en su caso, los recursos que las leyes procesales y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos y documentos que se requieran para tal fin, y para que realice todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueran necesarios para el mejor desempeño del presente mandato, conforme a las normas de la ley 19.550.- CONSTANCIAS NOTARIALES: La escribana autorizante agrega al legajo de comprobantes de este Protocolo como perteneciente a esta escritura, fotocopias autenticadas del contrato constitutivo de la sociedad y de las actas número cincuenta y siete y cincuenta y ocho, extraídas del Libro de Actas de la Sociedad requirente, relacionadas en la presente escritura.- Previa lectura y ratificación firma la compareciente en la forma que acostumbra hacerlo, todo por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- ACT. NOT. A-00124774, ESC. MARIA GRABRIELA MELANO RICCI, TIT. REG. Nº 46, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de abril de 2012.-

DR. RAMON A. SOSA

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

11 MAY. LIQ. Nº 102057 $ 55,00.-