LEY Nº 2288

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2288
ARTICULO 1.- Modifícase el Inc. e), Art. 1º de la Ley Nº 2269-1953, en
la siguiente forma:
“e) Lote Nº 3, manzana Nº 14 a. del Barrio “Los Naranjos de esta
ciudad, a favor del Sindicato de Obreros Gastronómicos de Jujuy,
Filial de la Federación Obrera Argentina de la Industria
Hotelera, para construcción de su sede social”.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 6 de julio de 1954.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Vicepresidente 1º