LEY Nº 2282

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2282
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que proceda a otorgar
una Beca Especial de QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL ($500.- m/n.)
mensuales de abril a diciembre del corriente año, a la Dietista
Nacional, señorita LAURA GUIBERGIA, oriunda de esta Provincia quien se
encuentra siguiendo un curso de especialización de esa profesión en
una Universidad de la ciudad de Nueva Cork, en los Estados Unidos de
Norte América.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente, será imputado a “Sueldos no invertidos y Economías
del Ejercicio 1954”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 30 de junio de 1954.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
JUAN JOSE CASTRO
Vicepresidente 1º