LEY Nº 2281

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2281
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que instituya una Beca
Especial que será otorgada a un alumno jujeño que curse sus estudios
en la Escuela de Aviación Militar de Córdoba.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente, será imputado a “Sueldos no invertidos y Economías
del Ejercicio 1954”.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 30 de junio de 1954.-
MARCOS R. PAZ JUAN JOSE CASTRO
Secretario Vicepresidente 1º