LEY Nº 2279
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 2279
ARTICULO 1.- Concédase con carácter permanente a la Provincia, derecho
de riego para el Lote Fiscal Nº 1, ubicado en el Distrito Vinalito,
Departamento de Santa Bárbara, en la cantidad de 3.000 litros por
segundo a razón de 1 litro por segundo y por hectárea, para irrigar
3.000 hectáreas a derivar del Río San Francisco.
ARTICULO 2.- Autorízase la construcción de la boca-toma y del
acueducto principal, ubicada en la márgen derecha del Río San
Francisco, a la altura del puente carretero de Hormigón Armado sobre
dicho río, conjuntamente con la compañía Ledesma Sugar Estates And
Refining Company Limited, para irrigar la Finca de El Palmar o Banda
de San Francisco.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, San Salvador de Jujuy, 16 de junio de 1954.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
EMILIO A. NAVEA
Presidente