BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 05/05/17
EXPTE. Nº 1056-18439/2012.-
Agreg. 1056-18429/12; 1056-18430/12; 1056-18431/12;
1056-20340/12; 1056-20338/12; 1056-2973/13; 1056-5762/13;
1056-9487/13; 1056-10472/13; 1056-11835/13; 1056-13409/13;
1056-17769/13; 1056-13367/14; 1056-594/14; 1056-596/14 y 1056-648/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DIC. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Aplicase la sanción de CESANTÍA, al Agente Sr. OSVALDO
MONTEMAYOR, D.N.I. N° 11.592.324, docente de la Escuela de Comercio N° 1″República Argentina” de la ciudad de La Quiaca, la que debe hacerse efectiva en todas las instituciones educativas de la Administración Pública en que se desempeñe, por haber transgredido la normativa del Artículo 84° inciso a) y concordantes de la Ley N° 3520/78 Estatuto del Docente, a partir de la fecha de notificación del presente decreto.-
ARTICULO 2°.-Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, se notificará al Sr. Osvaldo Montemayor, de lo dispuesto por el presente Decreto.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR