BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 21/03/2012
DR. CARLOS M. OLIVERA PASTOR, Juez Federal Subrogante de Jujuy, Juzgado Nº 2 – en el Expte. Nº 90/09 Caratulado: “OSPRERA C/ LAS PALTAS S.R.L. Por Ejecutivo se hace saber que en la presente causa se ha dictado el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: DECRETO DE FS. 13/// San Salvador de Jujuy, 13 de Abril de 2009. Por presentado el Dr. Juan Sebastián Jenefes Quevedo, por constituido domicilio legal y por parte, en la representación que invoca a merito de la copia juramentada de poder que adjunta. Atento a la demanda ejecutiva promovida por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (OSPRERA), líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo, en contra del demandado LAS PALTAS S.R.L. al domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON NUEVE CENTAVOS ($ 13.691,09) reclamada en concepto de capital, la suma de PESOS TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS en concepto de intereses ($ 13.197,37) y la suma de PESOS OCHO MIL SESENTA Y SEIS ($ 8.066,00) presupuestada provisoriamente para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado hasta cubrir los importes precitados, designándose depositario judicial al propio afectado, y en caso de ausencia o negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. La intimación de pago importara la citación de remate, para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Por igual plazo, intimase al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de la ciudad de San Salvador de Jujuy, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de este juzgado si no lo hiciere. Notificaciones en Secretaria: martes y viernes o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuera feriado. Decreto de fs. 26/// San Salvador de Jujuy, 15 de Marzo de 2010. Visto lo manifestado y solicitado por la actora en el escrito que antecede, las constancias de autos y lo dispuesto por los art. 343 y 531 inc. 2º tercer párrafo del C.P.C.C.N. publíquese edictos en el boletín Oficial y en un diario local, emplazando a la demandada LAS PALTAS S.R.L., CUIT Nº 30-56227198-4 para que dentro del término de quince (15) días comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de ley.- CARLOS M. OLIVERA PASTOR Juez Federal Subrogante.- Secretaria 27 de Mayo de 2011.-
19/21/23 MAR. LIQ. Nº 101289 $ 30,00.-








