BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 21/03/2012
DR. CARLOS M. OLIVERA PASTOR Juez Federal Subrogante de Jujuy Juzgado Nº 2 en el Expte. Nº 301/3/10 caratulado: “OSPRERA C/ROMERO BALDOMERO JUSTO. Por EJECUTIVO” se le hace saber al demandado JUSTO BALDOMERO ROMERO el decreto de fs. 13 y que dice: /// San salvador de Jujuy, 14 de junio de 2010. Por presentado el Dr. Juan Sebastián Jenefes Quevedo, con domicilio constituido y por parte en la representación que invoca a merito de copia de poder que adjunta. Atento a la demanda ejecutiva promovida por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (O.S.P.R.E.R.A.), líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo, en contra del demandado BALDOMERO JUSTO ROMERO, al domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ( $ 2.695,96.-) reclamada en concepto de capital, con mas la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 524,81.-) en concepto de intereses y la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 950,00.-) presupuestada para acrecidas del juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del accionado hasta cubrir los importes precitados, designándose depositario judicial al propio afectado, y en caso de ausencia o negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. La intimación de pago importará la citación de remate, para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Por igual plazo, intimase al demandado para que constituya domicilio dentro del radio de la ciudad de S.S. de Jujuy, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de este juzgado si no lo hiciere. Notificaciones en secretaria: martes y viernes o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuera feriado. Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisionase al señor Juez de Paz con jurisdicción en el Departamento El carmen, a quien se faculta para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario, haciéndose constar en el mandamiento ordenado, que el Dr. Juan Sebastián Jenefes Quevedo, se encuentra autorizado para correr con su diligenciamiento… Fdo. CARLOS M. OLIVERA PASTOR – JUEZ FEDERAL SUBROGANTE.- DECRETO DE FS. 35 /// Salvador de Jujuy, 16 de febrero de 2011. Visto lo manifestado y solicitado por la actora en el escrito que antecede, las constancias de autos y lo dispuesto por los arts. 343 y 531 inc. 2 tercer párrafo del C.P.C.C.N. publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, emplazando al demandado Justo Baldomero ROMERO, parque dentro del termino de quince (15) días comparezca a tomar intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de ley. Fdo. CARLOS M. OLIVERA PASTOR –JUEZ FEDERAL SUBROGANTE.- SECRETARIA 10 de marzo de 2011.-
19/21/23 MAR. LIQ. Nº 101290 $ 30,00.-








