BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 12/03/2012
PROC. ANA LIA LORENTE DE VALLESPINOS, Prosecretaria de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el expte. Nº B-243.144/10, caratulado:” ORDINARIO POR FORMACIÓN DE TÍTULO: VARGAS MARGARITA AURORA c/ ESTADO PROVINCIAL”, hace saber que se ha dictado la siguiente sentencia:”
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil once reunidos los Señores Vocales de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial…Por lo expuesto la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Margarita Aurora Vargas en contra del Estado Provincial; en consecuencia, declarar que por la posesión de más de veinte años ha adquirido la propiedad del inmueble que se individualiza como Padrón I-110,Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 17, Parcela 1,conforme plano de mensura para prescripción adquisitiva aprobado por la Dirección General de Inmuebles con el N° 08334 del 18/6/08 y actualizado por Resolución 509 del 06/11/09 ubicado entre las calles San Martín N° 595 esquina Rivadavia de la Ciudad de Tilcara, Departamento de Tilcara de la Provincia de Jujuy, sobre título sin antecedentes, con una superficie de 738,24 metros cuadrados. II. Imponer las costas del juicio por el orden causado. III…IV. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541,en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la ley Nº 5.486. V. Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de la actora a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a Margarita Aurora Vargas. VI. Notificar por cedula a las partes… protocolícese y oportunamente archívese: Fdo. Dres. JORGE DANIEL ALSINA, NOEMÍ ADELA DEMATTEI DE ALCOBA, y ENRIQUE ROGELIO MATEO, Vocales, Ante mi Proc. Ana Lía Lorente Secretaria Habilitada. “San Salvador de Jujuy ,08 de febrero de 2012.Visto:…Considerando:…Resuelve: I. Aclarar el punto I de la parte resolutiva de la sentencia dictada el 13/12/11 la que deberá quedar redactada de la siguiente manera: ”I. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Margarita Aurora Vargas en contra del Estado Provincial; en consecuencia, declarar que por la posesión de más de veinte años ha adquirido la propiedad del inmueble que se individualiza como Padrón I-110,Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 17, Parcela 1,conforme plano de mensura para prescripción adquisitiva aprobado por la Dirección General de Inmuebles con el N° 08334 del 18/6/08 y actualizado por Resolución 509 del 06/11/09 ubicado entre las calles San Martín N° 595 esquina Rivadavia de la Ciudad de Tilcara, Departamento de Tilcara de la Provincia de Jujuy, sobre título sin antecedentes, con una superficie de 215,75 metros cuadrados. II. Agregar copia en autos, notificar por cedula, registrar. Fdo. Dres. JORGE DANIEL ALSINA, NOEMÍ ADELA DEMATTEI DE ALCOBA, y ENRIQUE ROGELIO MATEO, Vocales, Ante mi Proc. Ana Lía Lorente Secretaria Habilitada.” COLINDANCIAS. Al N: calle San Martín; S: Remanente del lote 1, manzana 17; E: calle Rivadavia; O: Remanente del lote 1, manzana 17. SUPERFICIE: 215,75 metros cuadrados. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS. SECRETARÍA, San Salvador de Jujuy, 01 de marzo de 2012.
07/09/12 MAR. LIQ. Nº 100952 $ 30,00.-








