BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 09/03/2012
DRA. CRISTINA MARCO – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº UNO, SECRETARIA Nº DOS, en los autos caratulados B-230.740/10: EJECUTIVO: CABALLERO, HORACIO MANUEL c/ CASTELLON, CELINA DEL ROSARIO; se hace saber la siguiente Resolución de fs. 67: S. S. DE JUJUY, 07/02/12: AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CABALLERO, HORACIO MANUEL en contra de CASTELLON, CELINA DEL ROSARIO hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: DOS MIL NOVENTA ($ 2.090,00). Con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. CABALLERO, EDUARDO ALFREDO en la suma de PESOS: UN MIL ($ 1.000,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada n° 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en el caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 54, F° 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte N° B-145731/05 (Sala I-Trib. Del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 15, mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar por edictos, etc.- FDO. DRA. CRISTINA MARCO-JUEZ-Por habilitación- Ante mi DRA. MARÍA MERCEDES NUÑEZ ANGEL.- con Firma Habilitada.- A tales efectos publíquense por EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en CINCO DIAS.- SECRETARIA N° 2: FEBRERO 07 del 2012.- DRA. MARIA MERCEDES NUÑEZ ANGEL – FIRMA HABILITADA.-
07/09/12 MAR. LIQ. Nº 100946 $ 30,00.-








