BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 22/02/2012
ESCRITURA NUMERO CIENTO OCHENTA Y TRES.- Nº 183 – ACTA SOLICITADA POR ROBERTO ANTONIO REINHOLD.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil once, ante mí CAROLINA ALEXANDER, Escribana Autorizante, Titular del Registro número sesenta y dos, comparece: don Roberto Antonio Reinhold, argentino, Libreta de Enrolamiento número 8.468.838, divorciado, domiciliado a los efectos legales en calle Güemes número 1.038 de esta ciudad; mayor de edad.- Persona de mi conocimiento, doy fe quien manifiesta concurrir a este acto en gestión para la “Farmacia del Pueblo S.C.S.”, en su carácter de socio comanditario.- I) EXPOSICIÓN: El nombrado compareciente expone: Que en el día de la fecha, a horas doce, en la sede social de “Farmacia del Pueblo S.C.S.”, se propuso mediante carta documento de fecha 17 de septiembre de 2011, tratar el siguiente orden del día: a) Situación del agente Miguel Ángel Sánchez y motivos por los cuales no se impugnó lo dictaminado por la Comisión Médica 22; b) Situación Laboral del Agente Juan Carlos Salum; c) Determinar la persona que va a representar los intereses de la sociedad ante el conflicto con el agente Juan Carlos salud, ya que como Ud. lo ha manifestado, ante dicho conflicto le comprenden las generales de la Ley y se excusa de intervenir en el mismo; d) Situación general de la Administración de la Farmacia; e) Proponer la designación de un tercero como Administrador de la Sociedad; f) Ante la falta de un profesional abogado que defienda los intereses legales de la Empresa, tratar la designación de un Abogado/s, a quiénes se le deberá otorgar poder suficiente..- II) REQUERIMIENTO: En consecuencia, el compareciente dice que solicita mis servicios profesionales a fin de que me constituya a horas doce del día de la fecha en la sede social de “Farmacia del Pueblo S.C.S.”, sita en calle Alvear número 927 de esta ciudad, a fin de presenciar y documentar lo acaecido en la referida reunión de socios, lo que acepto.- LEO el presente requerimiento al requirente, quien manifiesta su conformidad y lo firma por ante mi. Doy fe.- FIRMADO: Roberto Antonio Reinhold.- Esta mi firma sobre el sello notarial: CAROLINA ALEXANDER, ESCRIBANA TITULAR R. Nº 62, SAN SALVADOR DE JUJUY.- III) DILIGENCIA: Acto seguido, y siendo horas doce del día de la fecha, me constituí en compañía del requirente, y del Doctor Diego Cussel, en la sede social de “Farmacia del Pueblo S.C.S.”, sita en calle Alvear número 927 de esta ciudad, donde se encontraban reunidos el señor Roberto Daniel Salum, el doctor Sergio Eduardo Stephan, y el Escribano Juan Pablo González Cernuschi, Escribano Adscripto al Registro N° 13, ante quienes me presenté informándoles el motivo de mi visita y su derecho a contestar.- En ese estado, el Escribano González Cernuschi manifestó que concurría a efectos de hacer entrega al señor Reinhold de documentación, según requerimiento realizado por el señor Roberto Daniel Salum, pasado por escritura número ciento ochenta y uno del día de la fecha, y procedió a hacerle entrega de la siguiente documentación: a) Telegrama de Ley 80522309 de fecha 20 de septiembre de 2011, suscripto por el señor Juan Carlos Salum, y b) Nota de fecha 21 de septiembre de 2011, suscripta por el señor Roberto Daniel Salum –que en fotocopias por mi certificadas agrego al legajo de comprobantes como perteneciente a la presente acta-. Luego de recibida la documentación, el Escribano González Cernuschi se retiró e ingresamos a la reunión de socios donde se procedió a tratar el orden del día.- En relación al punto a) “Situación del agente Miguel Ángel Sánchez y motivos por los cuales no se impugnó lo dictaminado por la Comisión Médica 22”; y b) “Situación Laboral del Agente Juan Carlos Salum”. El doctor Stephan manifestó que la respuesta se hallaba contenida en la nota que fuera entregada por el Escribano González Cernuschi, a la cual se remitían. Expresando en relación al punto b) que se recibió en el día de la fecha el telegrama de ley suscripto por el señor Juan Carlos Salum mediante el cual se da por despedido, por lo que a partir del día de la fecha no concurre a prestar servicios. Luego se pasó al tratamiento del punto c) “Determinar la persona que va a representar los intereses de la sociedad ante el conflicto con el agente Juan Carlos Salum, ya que como Ud. lo ha manifestado, ante dicho conflicto le comprenden las generales de la Ley y se excusa de intervenir en el mismo”. Expresando ambas partes que el señor Reinhold va a representar a la Farmacia en ese asunto, ya que al señor Roberto Daniel Salum le comprenden las generales de la ley (tal como lo manifestara en carta de fecha 16 de septiembre del corriente año, y reiterara en nota del día de la fecha).- Con posterioridad y en relación al punto d) del orden del día “Situación general de la Administración de la Farmacia” las partes deciden posponer su tratamiento dada la amplitud del tema.- A continuación se procede al tratamiento del punto e) y el señor Reinhold propone la designación del Contador Carlos David Echazú como Administrador de la Sociedad. El señor Salum, a pesar de su reserva, no objeta, porque el señor Reinhold tiene la mayoría absoluta del capital. El señor Reinhold expresa que notificará al señor Salum la aceptación del Contador Echazú a efectos del cómputo del comienzo de la administración del Contador Echazú.- Por último se procedió al tratamiento del punto f) del orden del día, “Ante la falta de un profesional abogado que defienda los intereses legales de la Empresa, tratar la designación de un Abogado/s, a quiénes se le deberá otorgar poder suficiente”. El señor Reinhold propone la designación de los Doctores Diego Cussel y Alejandro Hugo Domínguez, para que actuando en forma conjunta o indistinta, representen los intereses de la Sociedad. El señor Salum, a pesar de considerar que hay una incompatibilidad de orden ético por ser ambos abogados de Reinhold, no objeta, porque el señor Reinhold tiene la mayoría absoluta del capital. No siendo para más di por terminada el acta y regresando a mi notaría procedo a redactarla, dejando expresa constancia que invitados a suscribir la presente los Doctores Cussel y Stephan, manifiestan que no concurrirían en razón de considerarlo innecesario.- Previa lectura de la redacción de la diligencia al requirente, y al señor Roberto Daniel Salum, manifiestan su conformidad con la redacción de la presente y la firman, por ante mi.- Doy fe.- FIRMADO: Roberto Antonio Reinhold, Roberto Daniel Salum.- Esta mi firma sobre el sello notarial: CAROLINA ALEXANDER, ESCRIBANA TITULAR R. Nº 62, SAN SALVADOR DE JUJUY.- CONCUERDA: Con su matriz que pasó ante mí al folio cuatrocientos veintidós del Protocolo Sección A del Registro Número 62 a mi cargo, doy fe.- Expido para el REQUIRENTE esta PRIMERA COPIA O TESTIMONIO en dos fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. CAROLINA ALEXANDER, TIT. REG. Nº 62, S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de octubre de 2011.-
Dr. RAMON A. SOSA
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
22 FEB. LIQ. Nº 100887 $ 105,00.-








