BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 05/05/17

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 – Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-047782/15, Caratulado: Ejecutivo: Ramírez José Alberto c/ Ali Fernando Sebastian, hace saber al Sr. Ali Fernando Sebastian, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 29 de Julio de 2015. 1- Por presentado el Dr. Rodrigo Garnica por parte por constituido domicilio legal para actuar en nombre y representación del Sr. Ramírez, José Alberto, a mérito de la copia debidamente juramentada de poder general para juicio que rola agregada en autos.-2- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4, 478 del C.P.C, líbrese Mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. Ali, Fernando Sebastian en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos: ($4.900) en concepto de Capital reclamado, con mas la suma de Pesos ($2.450), calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. Cíteselos de remate a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, con mas DOS DIAS en razón de la distancia, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento de del Juzgado, bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por ministerio de ley (art.52 del C.P.C.) Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. A tal fin líbrese oficio al Juez de Paz que en con las facultades inherentes del caso.- notifíquese art. 154 del C.P.C. FDO. DRA. MARISA ELIANA RONDON – JUEZ – ANTE MI: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – PRO-SECRETARIA.- DADO, SELLADO Y FIRMADO en la Sala de mi publico despacho en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de DICIEMBRE del año Dos Mil DIECISEIS. Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE DICIEMBRE DEL 2016.-

 

03/05/08 MAY. LIQ. Nº 10343 $360,00.-