BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/2012

EXPTE. Nº B-255216/11 caratulado: QUIEBRA COOPERTAIVA DE TRABAJO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR NORTE LTDA, que se ha dictado la presente providencia: SAN SALVADOR DE JUJUY, 20/10/11: AUTOS. CONSIDERANDO…RESUELVE DECLARAR el estado de Quiebra de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR NORTE LTDA.- Con domicilio en calle UNDIANO S/N del Barrio ALTO COMEDERO de esta ciudad de San Salvador de Jujuy-Provincia de Jujuy.- 2.- Fijar el dia 12 de diciembre del cte. año a hs. 9 a los fines del sorteo del Sindico (art. 253 inc. 7 LCQ) el que se realizará en la secretaria de Superintendencia del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy.- 3.- Disponer la inhibición General de Bienes de la fallida para disponer y gravar bienes, debiendo librarse Oficios a los Registros correspondientes (Nacionales de la Propiedad del Automotor, General de Inmuebles, Publico de Comercio, Créditos Prendarios, Marcas y Señales, Dirección General Impositiva, Municipalidad de la capital, Registro Civil, Dirección General de Rentas y Entidades Bancarias), a los fines pertinentes.- 4.- Ordenar a la fallida que entregue y ponga a disposición del Sindico todos los bienes de aquella. Como así también de los libros de comercio y/o documentación que obre en su poder (art. 189 LCQ) A tal fin líbrese el mandamiento respectivo.- 5.- Prohibir se hagan pagos a la fallida, los que en caso de realizarse, carecerán de eficacia.- 6.- Ordenar la interceptación de la correspondencia dirigida a la quebrada, las que deberán ser entregadas al Sindico.- 7.- La Sindicatura deberá realizar de inmediato el inventario al que se refiere el art. 88 de la LCQ.- 8.- Ordenar a los integrantes de la Cooperativa COTTA NORTE que se abstenga de abandonar el país sin previa autorización de este Juzgado en los términos dispuestos en le art. 103 de la Ley de Concursos y Quiebras. Al efecto ofíciese a la Dirección de Migraciones, Aduana, Gendarmería Nacional Policía de la Provincia, Policía Federal y Prefectura Naval, para lo cual deberán los Señores DEDICACIÓN PAREDES Y VARONICA PONCE informar en el plazo de cinco días la conformación de la cooperativa.- 9.- Ordenar al Sindico proceda publicar edictos durante CINCO DIAS, sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignar los pagos cuando los hubiere, en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación local en los términos de lo dispuesto por el art. 89 de la LCQ.- 10.- Por Secretaria procédase a requerir a Secretaria de Superintendencia del Poder Judicial y al Colegio de Martilleros las correspondientes listas a los fines del sorteo del Martillero Publico a designar para la confección del inventario correspondiente (art. 88 del LCQ) y realizar la enajenación de los bienes de la fallida (art. 261 de la LCQ).- 11.- Notificar a todos los organismos jurisdiccionales de este Poder Judicial a fin de que remitan las actuaciones en las que la fallida sea parte con excepción prevista en el art. 21 inc. 2 de la lcq.- 12.-Notificaciones en secretaria Martes y Jueves o el siguiente dia hábil en caso de feriado (art. 26 de la LCQ y 154 del CPC).- 13.- Regístrese, agréguese y copia en autos y notifíquese. Fdo: Dra. CRISTINA MARCO-JUEZ P/HABILITACION.- Ante mi. Dra. MARIA J. VERCELLONE-SECRETARIA.- Se le hace saber que la DRA. REIMUNDA CACERES y/o quien ella designe se encuentra facultado para correr con el diligenciamiento de la presente.- Cumplido sírvase devolver en la forma de estilo a este Juzgado C.C. Nº 1, Secretaria Nº 1.-

28/30 DIC. 04/06/09 ENE. / 2012 S/C.-