BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 06/01/2012

El   Dr.  ENRIQUE R. MATEO , Vocal  de  la  Sala II  de  la  Cámara    Civil  y  Comercial  de  la  Provincia  de  Jujuy  y  Presidente  de  Trámite  en  el Expte.  Nº   B-229.364/10  caratulado: CREDIMAS S.A.   C/AGUIRRE ,CARLOS GERMAN”, hace saber al accionado  CARLOS GERMAN AGUIRRE, que se ha dictado la siguiente Providencia:  “SAN  SALVADOR DE  JUJUY, 17  de  Marzo de  2.010.-Téngase por presentado al Dr. GUILLERMO E. M SNOPEK, quien lo hace como apoderado de la firma “ CREDIMAS SOCIEDAD ANÓNIMA”, a merito del instrumento que en fotocopia juramentada acompaña y que rola agregada a fs. 2/4 de autos, por parte y por constituido domicilio legal. De la demanda deducida, córrase traslado al accionado CARLOS GERMAN AGUIRRE, en el domicilio denunciado, y con las copias respectivas, para que la conteste dentro del termino de QUINCE DÍAS hábiles; contados a partir de la notificación de la siguiente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere ( art 298 del C.P.C). Intímese al accionado, para que dentro del plazo precedente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de este tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones-cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de ley. Notificaciones en  Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Atento el informe actuarial que antecede, intímese al Dr. GUILLERMO E. M SNOPEK  a acreditar en el termino de CINCO DÍAS el pago del aporte inicial, estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $5 por cada día de demora, mas lo dispuesto por el art. 19 de la L.O.P.J. – Notifíquese por cedula.-Fdo: Dr. ENRIQUE R. MATEO – Pte. de tramite; ante mí:  CESAR H. BAREA  -Prosecretario”.-Publíquense  EDICTOS  en el Boletín Oficial  y un  Diario  local por TRES VECES en CINCO DÍAS, haciéndosele saber que se tendrá por notificado desde la ultima publicación  de los mismos (art. 162 del C.P.C.) . – SAN  SALVADOR DE JUJUY, Junio 5 de  2.011.-

30 DIC. 04/06 ENE /12 LIQ. Nº 99698 $ 30,00.-