BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 04/01/2012
LA DRA. MARIA ROSA CABALLERO DE AGUIAR, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de Trámite en el Expte. Nº B-192209/08 caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA en B-149077/05: TARJETA NARANJA S.A. c/ ZELAYA MARISA LILIANA” hace saber a la accionada MARISA LILIANA ZELAYA, que se ha dictado la siguiente Sentencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY 22 DE SEPTIEMBRE DE 2011.- AUTOS Y VISTOS:…-CONSIDERANDO:…- RESUELVE: 1).- Mandar llevar adelante la presente ejecución de sentencia seguida por TARJETA NARANJA S.A. por la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ( $868,95) en contra de la SRA. ZELAYA MARISA LILIANA hasta hacerse el acreedor integro pago de las sumas mencionadas que se reclaman por capital, los que devengarán el interés que resulte de aplicar la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A. desde la aprobación de la planilla realizada en autos principales y hasta el efectivo pago.-2) Ordenar se practique planilla de liquidación en el término de CINCO DIAS, una vez notificada y firme que quede esta resolución.- 3-) Imponer las costas al ejecutado que diera motivo a este incidente; regulándose los honorarios del Dr. GUILLERMO E. M SNOPEK en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($334) por su labor en estos autos, con más IVA si correspondiere, (Conf. La Doctrina del Superior Tribunal de Justicia sobre los Honorarios mínimos) los que devengaran igual interés que el establecido precedentemente.- 4).- Hacer efectivo el apercibimiento del Art. 52 del Código Procesal Civil y en consecuencia, disponer se notifique esta resolución mediante edictos y en lo sucesivo, Ministerio legis.- 5).-Regístrese, agréguese copias en autos, dése intervención a la Dirección General de Rentas, C.A.P.S.A.P., notifíquese por cedula.- FDO. Dra. MARIA R. CABALLERO DE AGUIAR–Pte. de trámite, Dr. VICTOR E. FARFAN-Vocal, Dra. ELSA R. BIANCO- Juez habilitada, ante mí: Sra. MARIA T. BARRIOS-Secretaria.- Publíquense Edictos en Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS, haciéndosele saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos ( art. 162 del C.P.C)- San Salvador de Jujuy 25 de Octubre 2011.
04/06/09 ENE. LIQ. Nº 99701 $ 30,00.-








