BOLETIN OFICIAL Nº 52 E.E. – 30/04/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALÁ
ORDENANZA N° 1305/21.-
CIUDAD DE PALPALÁ, 14 JUL. 2021.-
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PALPALA SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA Nº 1305/21.-
ARTICULO 1°: Adhiérase la Municipalidad de Palpalá a la Ley Provincial N° 6.222 de adhesión a la Ley Nacional N° 27.592 “DE FORMACION INTEGRAL EN MEDIO AMBIENTE”, denominada “LEY YOLANDA”, en todo lo que sea competencia del orden municipal.-
ARTICULO 2º: Establézcase la capacitación obligatoria en formación integral en temática de ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y cambio climático, para todos los funcionarios que integran la administración pública de la Municipalidad de Palpalá.-
ARTICULO 3°: La Secretaría de Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Medio Ambiente, será la Autoridad de Aplicación de la presente, quien tendrá entre sus funciones:
a) Capacitar a los funcionarios que integran la administración pública municipal.
b) Definir los lineamientos generales destinados a las capacitaciones, procurando que se incorporen tanto las dimensiones de sensibilización como de transmisión de conocimientos.
c) Certificar la calidad de los programas que elabore e implemente cada organismo, prestando asistencia técnica para su formulación, pudiendo realizar modificaciones y sugerencias para su mayor efectividad.
d) Informar el nivel de cumplimiento y capacitación alcanzado en cada uno de los organismos. Identificar responsables y porcentaje de personas capacitadas. Publicar un informe anual sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, incluyendo la nómina de autoridades municipales que se hayan capacitado.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Tome conocimiento quien corresponda. Cumplido, archívese.
SALA DE SESIONES Oscar “Maestro” López. –
Fabián Orlando Rodríguez
Presidente








