BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 29/04/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 424/2026.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN AFECTIVA Y PREVENCIÓN RESPONSABLE”. (EXPTE 06–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La conmemoración del 13 de febrero como Día Internacional del Preservativo, fecha destinada a promover la prevención de infecciones de transmisión sexual y embarazos no intencionales.

La necesidad de fortalecer políticas públicas locales de promoción de la salud y prevención integral.

La importancia de brindar información clara y responsable a adolescentes y jóvenes, y el rol del

Estado Municipal en la generación de espacios educativos que contribuyan al desarrollo saludable de la comunidad.

Que, la educación afectiva y la prevención responsable constituyen herramientas fundamentales para el cuidado integral de la salud.

Que, la información adecuada y oportuna permite reducir riesgos vinculados a infecciones de transmisión sexual (ITS) y otras problemáticas asociadas.

Que, el abordaje integral debe contemplar no solo métodos de protección, sino también aspectos vinculados al consentimiento, el respeto y la responsabilidad afectiva.

Que, los establecimientos educativos representan un ámbito estratégico para la promoción de la salud preventiva.

Que, la creación de espacios de consulta anónima favorece la participación y despeja dudas en un marco de confidencialidad y respeto.

Que, el Municipio puede articular con profesionales de la salud y desarrollar talleres con recursos existentes.

Que, institucionalizar el Programa garantiza su continuidad anual como política pública preventiva.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal de Educación Afectiva y Prevención Responsable, en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo, en el marco del 13 de febrero – Día Internacional del Preservativo.

Artículo 2º-. La presente ordenanza tiene por objeto promover la educación afectiva y la prevención integral en adolescentes y jóvenes, brindando información científica, responsable y accesible sobre salud sexual, consentimiento y responsabilidad afectiva.

Artículo 3º-. El Programa se desarrollará mediante talleres anuales en establecimientos educativos de nivel secundario del ejido municipal que adhieran voluntariamente.

Artículo 4º-.Serán objetivos generales del Programa:

● Promover el cuidado integral de la salud en adolescentes y jóvenes.

● Fomentar la prevención responsable de infecciones de transmisión sexual.

● Fortalecer valores de respeto, consentimiento y responsabilidad afectiva.

Artículo 5º-. Serán objetivos específicos del Programa:

● Brindar información clara y actualizada sobre infecciones de transmisión sexual (ITS) y métodos de prevención.

● Promover el uso responsable de métodos de protección.

● Generar conciencia sobre el consentimiento y el respeto en las relaciones interpersonales.

● Habilitar espacios de preguntas anónimas que permitan evacuar dudas en un marco de confidencialidad.

● Articular acciones con profesionales de la salud para garantizar un abordaje técnico adecuado.

Artículo 6º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza el Área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 7º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:

● Diseñar y coordinar la implementación anual del Programa.

● Elaborar contenidos técnicos y pedagógicos adecuados a la edad de los destinatarios.

● Convocar a profesionales de la salud para el dictado de los talleres.

● Coordinar con directivos de establecimientos educativos la organización de las actividades.

● Garantizar la existencia de espacios de consulta anónima durante las jornadas.

● Difundir información preventiva a través de medios oficiales municipales.

● Elaborar un informe anual sobre las acciones desarrolladas.

Artículo 8º-. Invítese a los establecimientos educativos públicos y privados del ejido municipal a adherir al presente Programa.

Artículo 9º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 09 DE ABRIL DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente