BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 29/04/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 419/2026.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL CONVIVIR EN PAZ”. (EXPTE. 05–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La conmemoración del 30 de enero como Día Mundial de la No Violencia y la Paz, fecha destinada a promover valores de respeto, diálogo, tolerancia y resolución pacífica de conflictos. La necesidad de fortalecer acciones preventivas en el ámbito educativo que promuevan la convivencia pacífica entre estudiantes. La importancia de generar herramientas institucionales que contribuyan a prevenir situaciones de violencia escolar, acoso y discriminación.
Que, la convivencia escolar constituye un pilar fundamental para el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.
Que, los conflictos forman parte de la dinámica social, pero deben abordarse mediante el diálogo, el respeto y la mediación, evitando situaciones de violencia física, verbal o psicológica.
Que, el ámbito escolar es un espacio estratégico para promover valores de empatía, solidaridad y resolución pacífica de conflictos.
Que, la prevención temprana mediante talleres participativos contribuye a disminuir situaciones de acoso escolar y otras formas de violencia.
Que, el Municipio de Puesto Viejo puede articular acciones con establecimientos educativos públicos y privados para desarrollar instancias formativas sin generar erogaciones significativas.
Que, resulta oportuno institucionalizar un programa anual que otorgue continuidad y previsibilidad a estas acciones.
Que, promover una cultura de paz en la escuela fortalece el tejido social y la convivencia comunitaria en general.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal “Convivir en Paz”, destinado a la realización de un Taller Anual de Convivencia Escolar en los establecimientos educativos del ejido municipal de Puesto Viejo, en el marco del 30 de enero – Día Mundial de la No Violencia y la Paz.
Artículo 2º-. La presente ordenanza tiene por objeto promover la cultura de la no violencia, el respeto mutuo y la resolución pacífica de conflictos en el ámbito escolar, mediante la implementación de talleres participativos dirigidos a estudiantes.
Artículo 3º-. El Taller Anual de Convivencia Escolar deberá desarrollarse al menos una vez por año en cada establecimiento educativo que adhiera al Programa, pudiendo ampliarse su frecuencia según planificación de la Autoridad de Aplicación.
Artículo 4º-.Serán objetivos generales del Programa:
● Fomentar una cultura de paz y no violencia en el ámbito escolar.
● Promover el respeto, la empatía y la convivencia armónica entre estudiantes.
● Prevenir situaciones de violencia escolar y discriminación.
Artículo 5º-. Serán objetivos específicos del Programa:
● Brindar herramientas prácticas para la resolución pacífica de conflictos.
● Sensibilizar sobre las consecuencias de la violencia física, verbal y digital.
● Promover el diálogo y la mediación como mecanismos de solución de diferencias.
● Incentivar la participación activa de los estudiantes en la construcción de acuerdos de convivencia.
● Articular acciones con directivos y docentes para fortalecer la prevención institucional.
Artículo 6º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza la Dirección de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 7º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:
● Planificar y coordinar la implementación anual de los talleres en articulación con los establecimientos educativos.
● Diseñar contenidos pedagógicos acordes a las distintas edades y niveles educativos.
● Convocar a profesionales idóneos para el dictado de los talleres, pudiendo articular con otras áreas municipales o instituciones.
● Elaborar material gráfico y digital de apoyo.
● Promover la participación activa de estudiantes y docentes.
● Llevar un registro de las instituciones adheridas y actividades realizadas.
● Elevar un informe anual sobre la ejecución del Programa.
Artículo 8º-. Invítese a los establecimientos educativos públicos y privados del ejido municipal a adherir a la presente ordenanza.
Artículo 9º-. DE FORMA.-
SALA DE SESIONES, 09 DE ABRIL DE 2026.-
Marcelo Eduardo López
Presidente








