BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 29/04/2026
DECRETO Nº 4687-S/2025.-
EXPTE. Nº 773-1497/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 DIC. 2025.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramitó el reconocimiento de los servicios médicos prestados por el Hospital Ángel C. Padilla, de la provincia de San Miguel de Tucumán, a favor del paciente Marcelo Daniel Sotar, D.N.Ι. Ν° 31.397.248, derivado a dicho Centro de Alta Complejidad con diagnóstico médico de “Tumor de Fosa Posterior; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 001205-S/2025, del 24 de junio de 2025, el Ministerio de Salud reconoció los servicios prestados por la firma Sistema Provincial de Salud Hospital Angel C. Padilla, de la provincia de Tucumán, por el monto de pesos tres millones seiscientos cuarenta y un mil ochenta y uno con 34/100 ctvs. ($ 3.641.081,34), en concepto de medicamentos, insumos, estudios médicos, servicios de internación y atención médica a favor del paciente Marcelo Daniel Sotar D.N.I. N° 31.397.248, quien presenta diagnóstico médico de Tumor de la Fosa Posterior.
Que, obra dictamen legal emitido por Asesoría Legal de Fiscalía de Estado compartido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales de dicho organismo del cual surge que, en un primer término el Hospital Ángel C. Padilla, presento Factura Tipo “C” N° 1602-00022449, por la suma de pesos tres millones ochocientos sesenta y un mil ochenta y uno con 34/100 ctvs. ($ 3.861.081,34), de fecha 23 de junio de 2023, por los servicios médicos y medicamentos prestados paciente Sotar entre los días 15 de mayo de 2020 y 6 de agosto de 2020, a mérito de detalle que surge de ese documento (fs.6), donde consta que ya se consideró el anticipo de la Factura N° 1602-00007736, pago de pesos doscientos veinte mil con 00/100 ctvs. ($220.000,00) – (anticipo por cirugía), que se ratifica en los términos de fs.447 y 448.
Que, en tal contexto teniendo en cuenta las fechas de efectiva prestación de servicios y medicamentos recibidos por el señor Sotar en la ciudad de Tucumán y la presentación de la Factura de fs. 6 de autos, no se configura en autos, la excepción de prescripción liberatoria en favor de la Administración Provincial.
Que, teniendo en cuenta la documentación adjunta y los informes técnicos obrantes en autos especialmente los incorporados a fs. 6 y fs. 439/451, el órgano legal interviniente entiende que, surge como legitimo el reconocimiento y pago de la suma de pesos tres millones seiscientos cuarenta y un mil ochenta y uno con 34/100 ctvs. ($ 3.641.081,34), al Hospital Ángel Padilla de la ciudad de Tucumán, por derivación al Centro de Alta Complejidad del paciente Señor Sotar Marcelo Daniel, por lo que corresponde gestionar la emisión del presente acto administrativo.
Que, la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de competencia haciendo lo propio Contaduría de la Provincia de Jujuy.
Por ello, en uso de facultades propias y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N° 773-1497-2023 Caratulado: “SE SOLICITA SE COMPLETE EL PAGO CORRESPONDIENTE A LA DERIVACIÓN A HOSPITAL PADILLA, PARA NEUROCIRUGIA DEL PACIENTE SOTAR MARCELO DANIEL”, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 3-10-15-01-26-0 “Para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2025, Ley N° 6440/2024, debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación. ejecución y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, siga a la Dirección Provincial de Presupuesto y a Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








