BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/2013

Dr. R. Sebastián Cabana, Juez Civil y Comercial N° 4 Secretaría N° 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-203462/09, caratulado: “APREMIO: MUNICIPALIDAD DE PÁLPALA c/SEGURA, ÁNGELES” notifíquese por Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, tres veces en Cinco Días a la demandada Sra. ÁNGELES SEGURA, la siguiente RESOLUCIÓN de fs. 42: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de JUNIO del 2011.-AUTOS Y VISTOS:….-RESULTA:….-CONSIDERANDO:….-RESUELVE: 1) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la MUNICIPALIDAD DE PÁLPALA en contra de ÁNGELES SEGURA, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($2.663,20) con más el interés correspondiente a la Tasa Activa que aplica el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el pago definitivo.- 2) Diferir la regulación de los honorarios profesionales correspondientes al letrado interviniente hasta tanto exista Planilla de Liquidación definitiva (Acordada N° 30/84 del Excmo. S.T.J.) y debiéndose dar cumplimiento con la Resol. 689 de la A.F.I.P.-D.G.I.-3) Hacer efectivo el apercibimiento decretado a fs. 11 notificando esta Resolución por Edictos, cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (arts. 52 y 154 del C.P.C.).- 4) Costas a la vencida (art, 102 del C.P.C.).- 5) Agregar copia en autos, protocolizar y hacer saber.- FDO. Dr. R. Sebastián Cabana Juez-Ante mí: Dra. María Victoria Nager-Prosecretaria” Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 27 de Noviembre de 2013.-

30 DIC. 03/06 ENE. LIQ. Nº 115431 $ 60,00