BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/2013

DR. JUAN PABLO CALDERÓN JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 SECRETARIA Nº 1, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber al Sr. VARGAS HÉCTOR ARIEL que en el Expte Nº C-5529/13 caratulado EJECUTIVO; CALISAYA RUBÉN FRANCISCO C/VARGAS HÉCTOR ARIEL” se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy 15 de noviembre de 2013. I- El informe actuarial que antecede, téngase presente.-III-Proveyendo a la presentación de fs.21 y atento a las constancias de autos notifíquese al demandado Sr. VARGAS HÉCTOR ARIEL DNI. Nº 27.532.348 por medio de Edictos (Art.162 C.P.C.) publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de CINCO DÍAS debiendo transcribirse las partes pertinentes del Decreto de fs.06”. En consecuencia y de conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS QUINCE ($1.615,00) en concepto de capital y con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO C/50/100 ($484,50) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DÍAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-IV-Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- V-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Item.-VI-Para el cumplimiento de lo ordenado líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las facultades  de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.-VII-Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Fdo. Dr. JUAN PABLO CALDERÓN-Juez-Ante mi Dra. MARIA CECILIA FARFÁN PROSECRETARIA.-Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES en el termino de CINCO DÍAS.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DE DICIEMBRE DE 2013-

30 DIC. 03/06 ENE. LIQ. Nº 115424 $ 60,00