BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/2013

DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria nº 5, en el EXPTE. Nº B-239.913/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ORTIZ ARMINDA TRINIDAD” hace saber al SRA. ORTIZ ARMINDA TRINIDAD el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE DICIEMBRE DEL 2.010 .Téngase por presentado al Dra. LUCIA DI PASQUO, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CREDINEA S.A, conforme lo acredita con el Poder General para Juicios que acompañada debidamente juramentado 2.- Atento a la demanda ejecutiva y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C, líbrese en contra de Sra. ORTIZ ARMINDA TRINIDAD, Mandamiento de Pago, ejecución y embargo en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 90/100 CTVOS ($7.639,90) en concepto de capital, con más la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 95/100 CTVOS ($3.819) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte efectuada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- en el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez Embargante.-Asimismo cítese a REMATE ,para que dentro de los CINCO DÍAS de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución .-Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.). Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- A tal fin líbrese MANDAMIENTO al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.-Notifíquese art. 154 del C.P.C.-FDO. DRA. BEATRIZ J. GUTIÉRREZ-JUEZ- ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BERRAZ DE ASUNA -PRO SECRETARIA.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DÍAS.-SECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE SEPTIEMBRE DE 2.013.-

23/27/30 DIC. LIQ. Nº 115361 $ 75,00