BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/2013

Dr. RICARDO SEBASTIÁN CABANA, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-255480/11, caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ROJAS SILVINA” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco para cuyo caso el termino del emplazamiento comenzara a correr a partir del quinto día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. SILVINA ROJAS, D.N.I. N° 26.289.243,de la Resolución a fs.42/43 vta. RESOLUCIÓN: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE SEPTIEMBRE DE 2013.- AUTOS Y VISTOS:…-RESULTA:…-CONSIDERANDO:…-RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de SILVINA ROJAS, D.N.I. Nº 26.289.243, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS TRECE CON TREINTA Y SEIS CTVOS. ($2.313,36) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:“Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi Yolanda y otro “, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235) y con más un interés punitorio equivalente al 50 % desde la mora (acaecida con fecha 10/07/2008 respecto a los instrumentos objeto de la presente ejecución conforme constancia de fs. 11)y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.-2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 102 del C.P.C).-3º) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. JOSÉ MARIA VERA LAMBRISCA en la suma de PESOS MIL ($1.000) por su actuación en el doble carácter, mas IVA si correspondiere, fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:“ Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “, (L. A. 54, Fº 673-678-Nº 235).-4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).-5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-FDO. Dr. SEBASTIÁN CABANA:-JUEZ- ANTE MI Dra. MARIA VICTORIA NAGER. Prosecretaria.-Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 09 de SEPTIEMBRE de 2013.-Dra. MARIA VICTORIA NAGER, Pro-Secretaria.-

20/23/27 DIC. LIQ. Nº 115356 $ 75,00