BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/2013

DRA. SILVIA ELENA YÉCORA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-223.047/10:Caratulado:“EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ALBARRACIN MARIO IVÁN”, ordena se notifique al SR. ALBARRACIN MARIO IVÁN la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de AGOSTO del 2013.-1- Téngase presente el informe actuarial que antecede.-2-Atento lo manifestado por el Juez de Paz a fs.36, líbrese Edictos a los fines de notificar al demandado Sr. ALBARRACIN MARIO IVÁN, de lo ordenado a fs.11 de autos.-3.-Notifíquese (Art. 162 C.P.C.).-Firmado DRA. SILVIA ELENA YÉCORA, Juez, Secretaria DRA. BEATRIZ BORJA. PROVIDENCIA DE FS. 11: SAN SALVADOR DE JUJUY 24 DE NOVIEMBRE DEL 2010.-1-Téngase por presentada a la Dra. LUCIA DI PASQUO, a merito de la copia de Poder Juramentado para Juicios que acompaña. 2- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por lo Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C.,líbrese en contra del demandado MARIO IVÁN ALBARRACIN, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la, y con las formalidades de ley, proceda a requerirle el pago de la suma de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON SESENTA CTVOS.($7.773,60) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS NOVECIENTOS con más la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHENTA CTVOS.($3.886,80),calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.-En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del los Acreedores ., y cíteselo de REMATE para que dentro del plazo de CINCO DÍAS comparezca ante este juzgado y Secretaria Nº 4, a oponer excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-Al efecto comisiónese al SR. JUEZ DE PAZ CON JURISDICCIÓN EN PÁLPALA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario. Asimismo, por igual término, intímesela a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de la Ley, (Art.52 del idem) 4.-Notifíquese art. 154 del CPC FDO. DRA. MARISA RONDON DE DUPONT- JUEZ POR HABILITACIÓN-ANTE MÍ: DRA. BEATRIZ BORJA. Secretaria. Para el cumplimiento de la presente queda Ud. Facultado para solicitar el auxilio de la fuerza publica si fuere necesario.-Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.-Publíquese el Presente Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de SEPTIEMBRE de 2013.-

20/23/27 DIC. LIQ. Nº 115353 $ 75,00