BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 23/12/2013
DR. JUAN PABLO CALDERÓN-JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1, SECRETARIA Nº 2, en los autos caratulados REF. EXPTE. Nº B-224387/10, caratulado: EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ RODRÍGUEZ MARGARITA” se hace saber la resolución dictada por este Juzgado, la que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 03 de Mayo de 2.013. AUTOS Y VISTOS.-RESULTA: CONSIDERANDO. RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A., en contra de la Sra. MARGARITA RODRÍGUEZ, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: UN MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON UN CTVO. ($1.727,01), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y el cincuenta por ciento (50 %) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Regular los honorarios profesionales del Dr. JOSÉ ESTEBAN FERNÁNDEZ CANAVIRE en la suma de PESOS: TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CTVOS. ($333,33) y del Dr. FRANCISCO JAVIER SAIDMAN ROS en la suma de PESOS: SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CTVOS. ($666,66.), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada Nº 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más IVA. si correspondiere. III.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 11, mandándose notificar la presente Resolución por edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.-IV.-Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).-VI.-Agregar copia en autos, hacer saber, etc. FDO. JUAN PABLO CALDERÓN-JUEZ-Ante mi OLGA BEATRIZ PEREIRA. SECRETARIA. Publíquense por EDICTO en el BOLETÍN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL por TRES VECES en el término de CINCO DÍAS. Secretaria Nº 2, San Salvador de Jujuy 23 de Septiembre de 2.013.-
20/23/27 DIC. LIQ. Nº 115352 $ 75,00








