BOLETÍN OFICIAL Nº 138 – 11/12/2013

Dr. JUAN PABLO CALDERÓN.-JUEZ, de Primera Instancia en lo Civil y comercial Nº 1, SECRETARIA Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expediente Nº B-266498/11 caratulado EJECUTIVO CARSA S.A. c/FERNÁNDEZ BASPINEIRO, FERNANDO hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa. SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE ABRIL DE 2012 I.-Por presentado el Dr. MARTÍN MEYER, como apoderado de CARSA S.A. atento copia de Sustitución de Poder juramentado que rola agregado en autos y por constituido domicilio legal y por parte. II.-De conformidad con lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado FERNÁNDEZ BASIPINEIRO FERNANDO en el domicilio denunciado por la suma de Pesos: UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CUARENTA Y CUATRO CTVOS. ($1.266,44) en concepto de capital, con más la suma de Pesos TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y TRES CTVOS. ($379,93) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de propiedad de los demandados hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.-III.-Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-IV.-Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-V.-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.-VI.-Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso.-VII.-Notificaciones en secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado. VIII.-Notifíquese art. 154 del C.P.C. Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.-Secretaría Nº 2, Dra. OLGA BEATRIZ PEREIRA, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 17 de octubre de 2013.-

06/09/11 DIC. LIQ. Nº 115288 $ 75,00