BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 29/11/2013
ESCRITURA NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y TRES.- 153.- CONSTITUCIÓN DE “FARMACIA NUEVA SAN RAFAEL II” SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE (S.C.S).- En la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen, de la provincia de Jujuy, República Argentina, a nueve días del mes de octubre del año dos mil trece, ante mí, LILIANA GRACIELA KUNZ, Escribana autorizante Titular del Registro Notarial número setenta y tres con asiento en esta ciudad, comparecen Julio Jesús SOSA, argentino, Documento nacional de identidad número 16.364.926-CUIL Nº 20-16364926-9, quien manifiesta ser soltero, comerciante, de 48 años de edad; Mirta Graciela SOSA argentina, Documento nacional de identidad número 22.747.662-CUIL Nº 27-22747662-7; quien manifiesta ser soltera, comerciante, de 42 años de edad, ambos con domicilio real y fiscal en Avenida El Éxodo número 134, de Barrio Centro, de la ciudad de Perico, ex profeso aquí; Claudia Mónica GUIDO, argentina, Documento nacional de identidad número 17.074.144-CUIL Nº 27-17074144-2, quien manifiesta ser divorciada, farmacéutica, de 49 años de edad y Sandra Elizabeth RÍOS, argentina, Documento nacional de identidad número 21.329.280 – CUIL Nº 27-21329280-9, quien manifiesta ser casada, farmacéutica, de 43 años de edad, ambas con domicilio real en pasaje Las Rosas número 445 del Barrio Juan Manuel de Rosas de la ciudad de Perico, ex profeso aquí.-Los comparecientes son mayores de edad y justifican sus identidades con los documentos relacionados, los que me exhiben en sus originales y en fotocopia agrego a la presente, de conformidad al artículo 1.002 inciso c del Código Civil.- Y EXPRESAN: Que han resuelto constituir una sociedad en comandita simple, por lo que vienen por este acto a darle forma notarial al contrato social., el que quedará sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERO: DENOMINACIÓN Y DOMICILIO: La sociedad girará bajo la denominación de: “FARMACIA NUEVA SAN RAFAEL II S.C.S.”, que funcionará con una casa central y una sucursal.- La casa central tendrá como domicilio calle Valle Grande número 95 del barrio San Marcos de la ciudad de Perico departamento El Carmen de esta provincia. Y la sucursal tendrá como domicilio Avenida El Éxodo número 134 del barrio Centro de la ciudad de Perico, departamento El Carmen de esta provincia.- Los comparecientes declaran que la farmacia (casa central y sucursal) ya poseen la correspondiente y requerida habilitación del departamento de Farmacia del Ministerio de Salud Pública de la provincia de Jujuy.- SEGUNDO: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a la explotación del negocio de farmacia, comprendiendo las actividades de compraventa, permuta, distribución, y/o consignación de productos farmacéuticos, especialidades medicinales, medicamentos para uso humano y antibióticos, productos químicos, cosméticos, perfumes, especialidades aromáticas, productos alimenticios que integran el recetario médico, artículos de puericultura, higiene y salubridad.- TERCERO: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00), discriminados así: a) Corresponde al capital comanditario un noventa y nueve por ciento (99,00%), o sea la suma de Pesos NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 9.900,00) que es suscripto e integrado en su totalidad en dinero efectivo por los socios comanditarios: Julio Jesús Sosa suscribe la cantidad de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00) y Mirta Graciela Sosa suscribe la cantidad de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS ($ 6.900,00). b) Corresponde al capital comanditado, un uno por ciento (1,0%), o sea la suma de Pesos CIEN ($ 100,00) que es suscripto e integrado en su totalidad en dinero efectivo por los socios comanditados: Claudia Mónica Guido suscribe la cantidad de PESOS CINCUENTA ($50,00) y Sandra Elizabeth Ríos suscribe la cantidad de PESOS CINCUENTA ($ 50,00).-CUARTO: DURACIÓN: El plazo de duración se fija en noventa y nueve (99) años a partir de la fecha del presente contrato. Su prórroga podrá ser resuelta por acuerdo unánime de los socios, y deberá solicitarse su inscripción antes de dicho vencimiento.-QUINTO: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de los socios comanditarios, en forma indistinta, conjunta y alternada, quienes tendrán el uso de la firma social para practicar todos los actos necesarios a la gestión de los negocios que forman el objeto social, para lo cual se entiende que se encuentran investidos de todas las potestades jurídicas necesarias y suficientes para que ambos actúen como representantes con mandato amplio de administración.- En cuanto a la dirección técnica y administración de la farmacia, será ejercida de la siguiente forma: casa central estará a cargo del socio comanditado Claudia Mónica Guido y la sucursal estará a cargo del socio comanditado Sandra Elizabeth Ríos. Si sobreviniera la imposibilidad de los socios comanditados, sea por muerte, incapacidad o inhabilitación, la dirección técnica y administración de la farmacia, tanto casa central como su sucursal podrá ser asumida por cualquiera de los socios comanditarios de la farmacia transitoriamente y también podrán realizar los actos urgentes y necesarios que requieran la marcha de los negocios de la farmacia, mientras se regulariza la situación.- En tales casos, la dirección técnica y administración de la farmacia deberá delegarse a otro profesional con título habilitante para el ejercicio de la profesión farmacéutica, de acuerdo con las leyes nacionales y provinciales que regulan su ejercicio, quien revestirá el carácter de farmacéutico reemplazante.- La sociedad se disuelve si no se regulariza esta situación en un plazo de tres meses, salvo los casos en que los socios comanditados cedieran su parte de interés a un tercero con título profesional habilitante para el ejercicio de la farmacia, con quien continuará la sociedad, actuando el cesionario como nuevo director técnico y administrador social.- En este caso será necesaria la previa notificación fehaciente a los socios comanditarios con una antelación de dos meses.-SEXTO: Los socios comanditados percibirán sus honorarios de acuerdo a lo que tengan establecido, los socios por convenio aparte.- El haber mensual que perciban los socios comanditados será imputado a gastos generales y a cuenta de las utilidades que pueda corresponderle por su participación societaria.-SÉPTIMO: CAPACIDAD LEGAL: Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad como sujeto de derecho, tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.-OCTAVO: BALANCE, DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Los ejercicios sociales comenzarán el día uno (1) de enero y finalizará el día treinta y uno (31) de diciembre de cada año, y para la determinación de los resultados del ejercicio se aplicarán en general las normas técnicas, contables y legales en vigencia.- El primer ejercicio se iniciará el día uno (1) de octubre de 2013 y cerrará el treinta y uno (31) de diciembre de 2013.-NOVENO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios comanditarios, sus herederos se incorporarán a la sociedad, la misma se hará efectiva cuando acrediten la calidad de tal; en el ínterin serán representados por el administrador de la sucesión. En caso de fallecimiento de alguno de los socios comanditados, sus socios no se incorporarán a la sociedad, y deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el articulo quinto, incorporándose un nuevo socio con título profesional habilitante de farmacéutico.- DÉCIMO: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La sociedad se disuelve por cualquiera de las causales especificadas en el artículo 94 de la Ley de Sociedades Comerciales.- La liquidación de la sociedad estará a cargo de los administradores y ejercerá la representación de la sociedad, con facultad para realizar el activo y cancelar el pasivo.-Extinguido el pasivo social, si hubiere excedente, se distribuirá en proporción a la participación de cada socio en capital social.-En caso de pérdidas, serán soportadas en igual proporción.- Bajo las cláusulas que anteceden, queda constituida la sociedad “FARMACIA NUEVA SAN RAFAEL-Sociedad en Comandita simple”.-DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA: Los comparecientes declaran que autorizan a la Escribana, Liliana Graciela Kunz, Titular del Registro Notarial Nº 73, con asiento en calle 23 de Agosto Nº 427 de la ciudad de Monterrico, para tramitar la inscripción de este contrato en el Registro Público de Comercio y demás organismos estatales municipales, provinciales, nacionales e internacionales que sean menester, facultándola para aceptar cambios, modificaciones o sustituciones de sus cláusulas en cumplimiento del objetivo encomendado.- LEO la presente escritura a los comparecientes, quienes ratifican sus términos y firman como acostumbran a hacerlo por ante mí, doy fe.-Ante mí hay cuatro firmas ilegibles con aclaración que pertenecen a Julio Jesús Sosa, Mirta Graciela Sosa, Claudia Mónica Guido y Sandra Elizabeth Ríos.- Esta mi firma y sello “LILIANA GRACIELA KUNZ-ESCRIBANA-TITULAR DE R. Nº 73-MONTERRICO-JUJUY”.-Concuerda fielmente con su escritura matriz que pasó ante mí a los folios 311, 312 y 313 del protocolo “A” a mi cargo, doy fe.- Para los comparecientes expido este primer testimonio en tres hojas de actuación notarial Nº A00797811, A00797812 y A00797813, las que firmo y sello en la ciudad de Monterrico a los nueve días del mes de octubre del año dos mil trece.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 14 de Noviembre de 2013.-
Dr. RAMÓN ANTONIO SOSA
P/ Habilitación al Juzgado de Comercio
29 NOV. LIQ. Nº 114736 $ 180,00








