BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 22/11/2013
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7 SECRETARIA Nº 14, en el Expte. Nº B-255435/11, caratulado: “EJECUTIVO: C.A.R.S.A. S.A. c/ RICARDO CISNERO”, se hace saber al demandado Sr. RICARDO CISNERO, la siguiente PROVIDENCIA: “SAN SALVADOR DE JUJUY, setiembre de 2013.- Proveyendo la presentación de fojas 61: Atento lo solicitado y constancias de autos (Mandamiento de fojas 60 vta., Informe del Juzgado Federal-Secretaria Electoral-fojas 55, Informe del Tribunal Electoral de la Provincia fojas 50 ) notifíquese la providencia de fojas 41, mediante Edictos-Art. 162 del C.P.C.-Notifíquese-Art.154 del C.P.C.- y expídase Edictos. Fdo.: DRA LIZ VALDECANTOS BERNAL-JUEZ. Ante mi: DRA TERESA LEWIN NAKAMURA-SECRETARIA” PROVIDENCIA DE FOJAS 41:” S.S. DE JUJUY, 29 de julio de 2.011-Atento a la demandada ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los artículos 472, inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra del demandado RICARDO CISNERO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de PESOS TRES MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 69/100 ($3.176,69.-), en concepto de capital con más la de PESOS: NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES ($953.-) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.-En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.-Asimismo, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DÍAS, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-Córrasele traslado del pedido de intereses, costos y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en los sucesivos por Ministerio de la Ley (Art. 52 del ítem)…-Notifíquese y expídase mandamiento. Fdo. Dra. AMALIA I MONTES- JUEZ. Ante mi: Proc MARIA ÁNGELA PEREIRA-Secretaria”. Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos. SECRETARIA: DRA TERESA LEWIN NAKAMURA.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de septiembre de 2013.–
22/27/29 NOV. LIQ. N° 114649 $ 60,00








