BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 20/11/2013

Dr. RICARDO SEBASTIÁN CABANA, Juez Civil y Comercial Nº4 Secretaria Nº7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. . NºB-236.383/10, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. c/ MORAL, ANA ROSA”, Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco Días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto Día de la última publicación, del proveído a fs.45/46 vlta.:RESOLUCIÓN de fs.45/46 vlta.:”San Salvador de Jujuy, 25 de OCTUBRE de 2013.- AUTOS Y VISTOS: …-RESULTA: …-CONSIDERANDO: …-RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de ANA ROSA MORAL, D.N.I. Nº 6.345.878, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON VEINTIOCHO CTVOS. ($ 641,28.-) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa:“ Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro “, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235) y con más un interés punitorio equivalente al 50 % desde la mora (acaecida con fecha 10/03/2008 respecto a los instrumentos objeto de la presente ejecución conforme constancia de fs. 07) y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales de la letrada interviniente Dra. LUCIA DI PASQUO en la suma de PESOS MIL ($1.000) por su actuación en el doble carácter, más IVA si correspondiere, fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi Yolanda y otro “, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235). 4º) Notificar por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).-5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-FDO. DR. R. SEBASTIÁN CABANA: JUEZ. ANTE MI DRA. MARIA VICTORIA NAGER: Prosecretaria” Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 25 de OCTUBRE de 2013.-Dra. MARIA VICTORIA NAGER, Pro-Secretaria.-

18/20/22 NOV. LIQ. Nº 114643 $ 75,00