BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 08/11/2013

Dra. CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ-, en el Expte. N° B-240169/10 CARSA S.A. C/GUTIÉRREZ PEDRO ERNESTO proceda a notificar el presente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DE DICIEMBRE DEL 2.012.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 12 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un Diario local, haciéndose saber al accionado que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor oficial como su representante con quien se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.).- II Hágase saber a las partes que en los presentes autos se aplicará lo dispuesto por los Art. 72 y 74 del C.P.C. para todas las diligencias que deban confeccionarse en el mismo. III.- Notifíquese por cédula Fdo. Dra. CRISTINA MOLINA LOBOS-Juez-ante mi: Dra. MARCELA FICOSECO-Prosecretaria. SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 DE OCTUBRE DE 2010. Por presentado el Dr. MARTÍN MEYER en nombre y representación de la firma CARSA S.A. a mérito del Poder General para juicios que en fotocopia juramentada acompaña. Por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado GUTIÉRREZ PEDRO ERNESTO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($642,41) en concepto de capital reclamado, con más la suma de pesos CIENTO VEINTIOCHO CON CUARENTA Y OCHO ($128,48) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Nº 12, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del Ítem., haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Oficial de Justicia y/o Juez de Paz con las facultades para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario. Notifíquese por cédula y al accionado GUTIÉRREZ PEDRO ERNESTO mediante edictos. Fdo. CRISTINA MOLINA LOBOS-juez -ante mi: MARCELA FICOSECO-prosecretaria.-Publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES EN CINCO DÍAS.-

04/06/08 NOV LIQ. Nº 113920 $ 90,00