BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 06/11/2013
DR. JUAN PABLO CALDERÓN, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 2, a cargo de la Dra. Olga Beatriz Pereira, en el Expte Nº 248845/11 EJECUTIVO: BBVA BANCO FRANCÉS S.A c/ PALACIOS PONTES, julio Nicolás”, se hace saber la siguiente Resolución: AUTOS Y VISTOS: RESULTA…CONSIDERANDO..RESUELVE: I- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BBVA.BANCO FRANCÉS S.A en contra de JULIO NICOLÁS PALACIOS PONTES, hasta hacerse el integro pago del capital reclamo, o sea la suma de PESOS: TRECE MIL CIENTO TREINTA CON 36/100 CTVOS. ($13.130,36) con más la tasa Activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L. A. Nº 54, Fº 673/678, Nº235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte Nº B-145731/05( Sala I del Tribunal de Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otro rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/Achi Yolanda y otro), coln más IVA si correspondiere y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.-Regular los honorarios profesionales del Dr. Martín E. Nazario, en la suma de PESOS UN MIL TREINTA con 17/100 ($1.930,17), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada Nº 16/2011 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengaran un interés conforme a la tasa Activa cartera general (prestamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (lL.A. Nº4, Fº 6732/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucional interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema C/Achi Yolanda y otro), con más IVA si correspondiente. III-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 17 de autos, mandándose notificar la presente Resolución por cedula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley .IV-Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaria el documento original en el término de cinco días bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente .V-Imponer las cosas a la vencida (Art. 102 del C.P.C)-VI Agregar copia en autos, notifíquese por edictos-Fdo. Dr. JUAN PABLO CALDERÓN JUEZ-ANTE MI Dra. Olga Beatriz Pereira A Tales efectos publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local Tres veces tres veces en cinco días se hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación. Secretaria Nº 2 S.S de Jujuy, 10 de Octubre de 2013.-
06/08/11 NOV. LIQ. 113990 $ 75,00








