BOLETÍN OFICIAL Nº 123 – 04/11/2013

DR. RICARDO SEBASTIÁN CABANA, Juez De Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Secretaría N° 7, de la Pcia. de Jujuy, en el EXPTE. B-282745/12, caratulado: EJECUTIVO: SOTO SEBASTIÁN ALEJANDRO C/ DIP RODRÍGUEZ MARIA ALEJANDRA, notifica por edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días a la demandada SRA. DIP RODRÍGUEZ MARIA ALEJANDRA, D.N.I. 23.984.406, el siguiente proveído de fs. 07: SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Noviembre de 2012.- Téngase por presentada a Dr. MODENA, MARTÍN, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de SOTO, SEBASTIÁN ALEJANDRO, a mérito del Poder Gral. Para juicios que en copia juramentada acompaña que rola a fs. 4 y vta. de autos. Atento lo dispuesto por los los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra de DIP RODRÍGUEZ MARIA ALEJANDRA mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de $ 12.000 en concepto de capital reclamado, con mas la de $ 3.600 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre, y domicilio de o los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones si las tuviere dentro del plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes con quien se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.). Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.). Haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.Hágase saber a las partes que en los presentes autos se aplicará lo dispuesto por los Arts. 72 y 74 del C.P.C. para todas las diligencias que deban confeccionarse en el mismo. Notifíquese (Art. 154 C.P.C.). FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS-JUEZ-ANTE MI DRA. MARIA VICTORIA NAGER-PROSECRETARIA.-Publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS.- San Salvador de Jujuy, 13 de Agosto de 2013.-

30 OCT. 01/04 NOV. LIQ. Nº 113952 $ 60,00