BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 01/11/2013
Nº 99.-ESCRITURA NUMERO NOVENTA Y NUEVE.-CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES REALIZADA POR MARIANA ALEJANDRA PAULINA COLQUE TORRES A FAVOR DE MARIA SILVINA BLASCO “ECSA S.R.L.”.-En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil doce, ante mí, MARIA VERÓNICA CUADRI ESCUDERO Escribana Pública Autorizante, Titular al Registro Notarial Número nueve comparecen: por una parte MARIANA ALEJANDRA PAULINA COLQUE TORRES, argentina, DNI Nº 35.513.914, CUIL Nº 27-35513914-5, soltera, nacida el 10/05/1990, de ocupación ama de casa, con domicilio real y/o fiscal en Finca El Almenar sin Numero, de la ciudad de El Carmen, de transito por aquí, en adelante LA CEDENTE, y por la otra parte MARIA SILVINA BLASCO, argentina, D.N.I. Nº 23.984.712, CUIL N° 27-23984712-4, divorciada legalmente, con domicilio en calle Salta N° 823, de esta ciudad, en adelante LA CESIONARIA, ambas mayores de edad, hábiles, a quienes identifico en virtud del articulo 1.002 inciso a del Código Civil (Ley 26.140).-INTERVENCIÓN: Mariana Alejandra Paulina Colque Torres, concurre a este ato en su carácter de socio titular de quinientas (500) cuotas sociales de $50.000, que representan el 50 % del capital social, de la sociedad que gira bajo la denominación de ECSA S.R.L.-EXPOSICIÓN: a) Mariana Alejandra Paulina Colque Torres, es titular de quinientas (500) Cuotas Sociales de Pesos quinientos ($500,00) cada una de ellas, representativas del 50% del Capital Social que le corresponde en la sociedad ECSA S.R.L.-b) Que en cumplimiento a lo que prescribe la cláusula décima segunda del Contrato Social Constitutivo se resolvió en Asamblea por consenso unánime la cesión de cuotas sociales que le pertenecen a favor de la señora Maria Silvina Blascos, en forma gratuita.-c) Como así también se resolvió que la administración y representación estará a cargo de los dos socios que desempeñaran como gerentes, en virtud de la Cláusula Séptima del Contrato Social.-d) Por lo que viene por este acto, a instrumentar formalmente dicha transmisión que ya realizó con anterioridad.-ESTIPULACIÓN: PRIMERA: Por lo que por este acto Mariana Alejandra Paulina Colque Torres (LA CEDENTE) CEDE Y TRANSFIERE GRATUITAMENTE a favor de María Silvina Blasco (LA CESIONARIA) quinientas (500) Cuotas Sociales de Pesos quinientos ($500,00) cada una de ellas, representativas del 50% del Capital Social de que le pertenecían en ECSA S.R.L., CUIT N° 33-71219942-9, constituida en Escritura Publica N° 221 de fecha 30/09/2011, autorizado por mí, e inscripto en el Registro Publico de Comercio de esta provincia al Folio 118-Acta 118-Libro IV de SRL, y con copia bajo Acta 120 Folio 874/883 del Legajo XVI-Tomo V del registro de escrituras Mercantiles de SRL, con fecha 20/12/2011.-En consecuencia se Resuelve celebrar el presente Contrato de Cesión de Cuotas Sociales: SEGUNDA: Que la presente cesión se realiza con todas las deudas que LA CEDENTE, tiene contraídas con anterioridad a este acto, por lo que LA CESIONARIA, deja constancia que conoce y acepta a la fecha el activo y el pasivo de la sociedad, que nada tiene que objetar en tal sentido, y que se hace responsable y asume todas y cada una de las obligaciones contraídas por la sociedad desde su inicio, todo lo que forma parte del precio de esta cesión.- Los gastos de transferencia, impuestos, etc., serán soportados por LA CESIONARIA.- En consecuencia, coloca a la cesionaria en el mismo lugar, grado y prelación de los derechos que tenía sobre las cuotas sociales, aceptando este la presente bajo los términos referidos, con la facultad de ejercer que nace de este instrumento.-TERCERA: Por lo expresado la actual composición del capital social queda adjudicado de la siguiente manera: 1º) El socio Carmen Olga Vilca, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales por un total de $50.000, es decir un 50,00% del capital social.- 2°) El socio María Silvina Blasco, la cantidad de quinientas (500) cuotas sociales por un total de $50.000, es decir un 50,00% del capital social. CUARTA: La presente cesión de cuotas sociales se inscribirá en el Registro Publico de Comercio de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, autorizando ambas partes a la Escribana Maria Verónica Cuadri Escudero, Titular del Registro N° 9, con facultades para que acepte, firme y/o proponga modificaciones al presente contrato y realice todas las gestiones necesarias para obtener la inscripción en el Registro Público de Comercio, acompañar, desglosar documentación.- Previa lectura y ratificación, firman las comparecientes, ante mi, doy fe.-Hay dos firmas pertenecientes a MARIANA ALEJANDRA PAULINA COLQUE TORRES y MARIA SILVINA BLASCO- Ante mí, MARIA VERÓNICA CUADRI ESCUDERO, sobre mi sello notarial.-CONCUERDA: con su escritura matriz que paso ante mí a los folios 201/202 del Protocolo del corriente año, perteneciente al Registro Notarial Nº 9, a mi cargo, doy fe.-Para LA ADQUIRENTE: MARIA SILVINA BLASCO Y PARA LA SOCIEDAD ECSA S.R.L., expido este PRIMER TESTIMONIO en tres hojas de Actuación Notarial, las que autentico con mi firma y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-
San Salvador de Jujuy, 25 de Octubre de 2013.-
Dr. RAMÓN ANTONIO SOSA
P/ Habilitación al Juzgado de Comercio
01 NOV. LIQ. Nº 113965 $ 120.00








