BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 01/11/2013

ACTA SUBSANADORA: Que por medio de la presente se quiere dejar constancia del error involuntario cometido en el CONTRATO CONSTITUTIVO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA de Once de Julio de DOS Mil Trece, de la Sociedad denominada EMILIO QUIROGA S.R.L. ya que en la Cláusula cuarta se fijo el aporte social en suma de PESOS CUENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) dicha cláusula quedara redactara de la siguiente manera: 4) El capital social se fija en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) dividido en mil quinientas cuotas de Pesos Cien ($100) de valor nominal cada una, que los socios suscriben en su totalidad de conformidad con el siguiente detalle: El señor Horacio Emilio Quiroga Mil Doscientas (1200) cuotas por un importe de Pesos Ciento Veinte Mil ($120.000) que equivale al 80 % del Capital Suscripto; y la Señora Teresa Mostajo Mallo Trescientas (300) cuotas por un valor de Pesos Treinta Mil ($30.000) completando el 20 % restante. 5) Las cuotas se integran en especie de la siguiente manera: 1-El Sr. Horacio Emilio Quiroga aporta un camión, cuyo valor asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000).Dicho rodado se individualiza como dominio VIT 738, Inscripto Provisoriamente a nombre de EMILIO QUIROGA S.R.L. en el Registro de Propiedad Automotor Nº 1, de San Salvador de Jujuy, y otros bienes de uso que se detalla en el Inventario adjunto y que forma parte del presente, por un valor de PESOS TREINTA MIL ($30.000) los que totalizan la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($1150.000) los que totalizan la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) comprometidos en el punto 1.- San Salvador de Jujuy 10/10/2013. Act. Not. B-00010171-ESC. MARIA ESTER MARTÍNEZ-TIT. REG. Nº 63-S.S de Jujuy.-

Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.

San Salvador de Jujuy, 23 de Octubre 2013.

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO

01 NOV. LIQ. Nº 113947 $ 110.00