BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 30/09/2013

ACTA N° 1: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil trece, siendo las horas 18:00, se reúnen en el domicilio de la sede de social de la empresa LA COCHERÍA S.R.L., sito en calle Salta N° 1325 de esta ciudad, los socios integrantes de la misma, BENITO SÓXIMO MENTENEGRO, DNI N° 11.663.759 y la Sra. ROXANA EDITH DONAIRE, DNI N° 24.612.955, a los fines de tratar el orden del día para el cual habían sido citados y reunidos en Asamblea. Abierto el acto, el socio Sr. BENITO SÓXIMO MONTENEGRO, en su carácter de socio gerente de la empresa en uso de la palabra junto a la socia, ROXANA E. DONAIRE, manifiestan la necesidad de reunirse en Asamblea, previamente citados y convocados (arts. 159, 160, 162 Ley de Soc. Com. N° 19.550) con el fin de tratar los temas detallados en el orden del día, que se describen a continuación, manifiestan y exponen: 1.-) Aprobar la convocatoria para el día de la fecha, juntamente con el nuevo libro de Actas ya inscripto ante el Registro Público de Comercio; 2.-) Designación de cargos y autoridades de la Gerencia y sus integrantes, 3.-) Cambio de la fecha de cierre del ejercicio económico Social y presentación de Balances y estados contables de la empresa, 4.-) Cuestiones sobre disolución de la sociedad (art. 94 Ley N° 19.550) y determinación de distribución de activos y bienes del capital social a favor del socio saliente antes del plazo fijado en el punto 5 del orden del día; plazo de incorporación de nuevos socios; 5). Aprobación de concordato de disolución societaria vigente. De conformidad a las facultades, deberes y obligaciones expresamente determinados en el contrato constitutivo, cesiones y posteriores modificaciones societarias y de acuerdo a lo establecido por la Ley de Sociedades N°19.550, y luego de un intercambio de opiniones y manifestaciones vertidas por los socios integrantes de la empresa La Cochería S.R.L, resuelven por unanimidad, lo siguiente: 1.-) habiendo tomado los recaudos legales para la celebración del presente acto, deciden aprobar la convocatoria a Asamblea de Socios prevista para el día siete (7) del mes de agosto del año dos mil trece, en la sede de la sociedad, a horas 18:00 en primera convocatoria, con la presencia de los socios integrantes de la misma, aprobando también el nuevo libro de Actas ya inscripto ante el Registro Público de Comercio. 2.-) Luego de una serie de intercambio de opiniones y posterior deliberación, atento a la necesidad de designar formalmente el cargo de socio gerente de la empresa, se acuerda y resuelve aprobar la designación del socio BENITO SÓXIMO MONTENEGRO, DNI N° 11.663.559, Socio Gerente de la sociedad La Cochería S.R.L., hasta la fecha 31/12/14, y con el cargo de Directora de la empresa, encargada de sucursales y oficinas comerciales de cobranza y atención al público, a la Sra. ROXANA EDITH DONAIRE, DNI N° 24.612.955, ellos, también hasta la fecha 31/12/14, y partir de allí, se fijara fecha para citación a reunión en Asamblea para designación de cambio o renovación de autoridades de la sociedad. Los nombrados, seguidamente manifiestan su consentimiento sin objeción para el cargo en que fueron designados. 3.-) En cuanto a la fecha de cierre de ejercicio económico Social y presentación de Balances y estados contables de la empresa, se resuelve por unanimidad fijar como nueva fecha para ello, el día 31 de diciembre de cada año, modificando la fecha anterior del 30 de junio de cada año que se había fijado, quedando esta sin efecto. 4.-) Respecto a este punto a tratar, los socios integrantes, luego de un breve debate, por unanimidad deciden por medio de este acto, de común acuerdo, las cuestiones sobre disolución de la sociedad (art. 94 Ley N°19.550) y determinación de distribución de activos y bienes del capital social a favor del socio saliente antes del plazo fijado en el punto 5 del orden del día; dejando expresamente convenido, que producido el retiro de la socia Sra. Donaire, respetando la proporcionalidad de las cuotas sociales que le pertenecen a cada uno de los socios integrantes de esta sociedad, la que representa en un ochenta por ciento (80%) de propiedad del Socio Benito S. Montenegro y el resto veinte por ciento (20%) de propiedad de la socia Sra. Roxana E. Donaire (conforme inscripción ante Registro Público de Comercio), se deja establecido y determinado en forma clara y precisa que a la socia Roxana Donaire, le correspondería por el retiro, exclusión y/o desvinculación que deba hacer de la empresa en el plazo fijado en el punto 5 del orden del día (o antes de dicho plazo por el motivo que fuere), las sucursales que posee la empresa actualmente, en la ciudad de Palpalá, Perico y Monterrico con todos sus activos, pasivos, bienes muebles, empleados y demás objetos que hacen a su funcionamiento, asumiendo lisa y llanamente, los derechos y obligaciones que de todas ellas deriven, debiendo realizarse todos los trámites para concluir con su traspaso hacia la socia Roxana Donaire, siendo a cargo de ésta última dicha tarea. Asimismo, ante la eventual situación aquí planteada, el socio Gerente deberá regularizar dicha situación dentro de la empresa con la incorporación de nuevos socios, en el plazo de tres meses de producido la desvinculación de la socia saliente. 5.-) En relación a este punto a tratar según orden del día, los socios, luego de previas deliberaciones, dan por aprobado sin objeción alguna, el “Concordato de Disolución Societaria” que se presenta en este acto, y que contiene establecido el siguiente acuerdo: a partir del día 01/02/2014 y hasta el día 31/12/14, la socia Sra. Roxana E. Donaire, se encuentra obligada a desvincularse de la sociedad LA COCHERÍA S.R.L. en forma indeclinable por así haber quedado convenido en esta Asamblea con el Sr. Benito S. Montenegro, asumiendo la Sra. Donaire la responsabilidad total y absoluta de realizar todas los actos y gestiones que sean necesarios para tramitar su desvinculación de la empresa, ya sea ante el Registro Público de Comercio, los organismos públicos y privados que sean necesarios y obligatorios, independizándose por cuenta propia y/o junto a terceros, con el porcentaje que le pertenece del Capital Social (20% del total de cuotas societarias, conforme surge del Convenio de Transferencia de cuotas sociales de fecha 31/05/11, y cuya cesión se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio, Leg. XIV, Tomo III de marginales, Asiento 69, Folio 324/335 de Escrituras Mercantiles, con fecha 01/12/11), disponiendo para ello y partir de comunicada la decisión, de las sucursales que posee la empresa actualmente, en la ciudad de Palpalá, Perico y Monterrico con todos sus activos, pasivos, bienes muebles, empleados y demás objetos que hacen a su funcionamiento, asumiendo lisa y llanamente, los derechos y obligaciones que de todas ellas deriven, debiendo realizarse todos los trámites para concluir con su traspaso y desvinculación de la sociedad. Asimismo, y como consecuencia de ello, una vez producida y efectivizada la desvinculación total y absoluta de la sociedad por parte de la socia Sra. Donaire, el Sr. Benito Montenegro, se obliga a otorgar, los diez primeros servicios de la empresa, a favor de la socia Sra. Donaire en forma gratuita, con mas la entrega de una capilla ardiente a su favor, como parte de una gratificación extraordinaria y por única vez. Habiéndose procedido al tratamiento completo del orden del día, concluida la integra lectura de la presente Acta N° 1, existiendo acuerdo y asistencia unánime, suscriben la misma todos los socios miembros designados de plena conformidad, y sin mas que tratar, se levanta la sesión y dan por finalizado la reunión en Asamblea, siendo las horas 19:00 del día catorce (14) del mes de Agosto del año 2.013.-

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre de 2013.-

Dr. RAMÓN ANTONIO SOSA

P/ Habilitación al Juzgado de Comercio

30 SEPT. LIQ. Nº 109691 $ 230,00