BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 27/09/2013
DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria nº 5, en el EXPTE. Nº B-220931/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S. A. C/CAÑAS MARTA ALICIA” hace saber al SRA. CAÑAS MARTA ALICIA el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DE FEBRERO DEL 2.010.Téngase por presentado al Dr. FRANCISCO SAIDMAN ROS, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CREDINEA S.A, conforme lo acredita con el Poder General para Juicios que acompañada debidamente juramentado 2.- Atento a la demanda ejecutiva y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C, líbrese mandamiento de pago ejecución y embargo en contra del CAÑAS MARTA ALICIA, por la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1738,92) en concepto de capital, con más la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($869.46) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte efectuada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- en el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez Embargante.-Asimismo cítese a REMATE para oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DÍAS en Juzgado civil y comercial Nº 3 Secretaria 5, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Corrasele traslado del pedido de intereses y costas, las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo y por el mismo plazo señalado se intimará a la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kms, del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de considerarlo notificarlo por Ministerio de Ley (Art. 52 del ítem).Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso y a quien se librara el correspondiente mandamiento. Notificaciones en secretaria: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno fuere feriado.-FDO. DRA. MARISA E. RONDON-JUEZ-ANTE MI: SECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA-Secretaria.-DADO, SELLADO Y FIRMADO en sala de mi Público Despacho en la ciudad SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de Junio de 2013.-
25/27/30 SEPT. LIQ. Nº 109604 $ 60,00








