BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 23/09/2013

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 8, SECRETARÍA N° 15 DRA. NATALIA ANDREA SOLETTA PRO SECRETARIA TÉCNICO JUDICIAL SAN PEDRO DE JUJUY, HACE SABER QUE EN EL EXPTE. N° A-51422/12; CARATULADO: EJECUTIVO “CREDINEA S.A. C/ VICTORIA VELARDE”.- EL SR. JUEZ A DICTADO LA PRESENTE PROVIDENCIA: SAN PEDRO DE JUJUY, 24 DE ABRIL DE 2012.- 1.- Por presentada la Dra. SILVANA LUCIA DI PASQUO, por parte, por constituido el domicilio legal, para actuar en nombre y representación de CREDINEA SA., a mérito del Poder Gral. para Juicios que presenta debidamente Juramentado.- II.-Atento a la Demanda Ejecutiva promovida por cobro de pesos y lo estatuido por los Art. 472. 478 y sus ccs. Del C.P.C., LIBRESE en contra de la accionada Sra. VICTORIA VELARDE, mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo hasta cubrir la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CON UN CENTAVO ($ 7.930,01), por capital reclamado, con la más de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 3.965,00), estimados provisoriamente por intereses y costas de la ejecución.-III.-En defecto de pago, Trábese Embargo sobre bienes de propiedad de la parte demandada, hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al afectado, y en caso negativo, a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley; debiendo además requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otro gravamen y que, en su caso, se indique el monto del crédito, nombre, domicilio del o los acreedores.-IV.- Se le citara de remate para dentro de los CINCO (5) DÍAS de notificado, concurra en estos obrados a oponer excepciones legitimas, si las tuviere, bajo apercibimiento de mandarse llevar adelante la ejecución y para que en igual termino constituya domicilio legal en el radio de TRES KM. del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley, Art. 485 y 52 del C.P.C.-V.- Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de ser feriado.-VI.-Comisiónese con las facultades de ley al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA del Centro Judicial San Pedro, ha allanar domicilio y solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario.-VII. Notifíquese.-Edo. Dr. JUAN CARLOS CORREA-Juez-ante mi Dra. NATALIA ANDREA SOLETTA-Pro Secretaria Técnico Judicial. PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL Y EN UN DIARIO LOCAL POR TRES VECES EN CINCO DÍAS. SAN PEDRO DE JUJUY 25 DE JUNIO DE 2013. ANTE MÍ: DRA. NATALIA ANDREA SOLETTA-PRO SECRETARIA TÉCNICO JUDICIAL.-

23/25/27 SEPT. LIQ. Nº 109600 $ 60,00