BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 18/09/2013
MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.-En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 13 días del mes de Mayo del año dos mil trece, entre el Señor GUSTAVO RODRIGO TORRES, Argentino, mayor de edad, soltero, Documento Nacional de Identidad Nº 30.150.734, CUIT 20-30150734-9, de profesión Licenciado en Turismo, con domicilio real en Calle Baigorria Nº 717 del San Pedrito de esta Ciudad, y el Señor LUCIO MARIANO ZURUETA, de nacionalidad Argentino, mayor de edad, de profesión Analista en Sistemas, de estado civil soltero, con Documento Nacional de Identidad Nº 26.501.274, CUIT 20-26501274-5, con domicilio real en Calle El Jazmín Nº 254 del Barrio Los Perales de esta Ciudad, convienen en modificar las cláusulas quinta (5°), séptima (7°) y octava (8°) del contrato social de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada SYNERGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA las que quedaran redactadas de la siguiente manera. QUINTA: OBJETO.- La sociedad tiene por objeto dedicarse a las siguientes actividades: Asesoría integral de unidades de negocios, arrendataria de comercios, proveedora y capacitadora de recursos humanos, gestión y desarrollo de Sistemas, creación y posicionamiento de imagen corporativa, fabricación, elaboración, producción, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de productos relacionados con la industria turística. También la sociedad podrá participar en todo tipo de concurso de precios, ya sea por licitaciones públicas o privadas que hagan a su objeto social, explotar patentes de invención y marcas nacionales y/o extranjeras, constituir sociedades o tomar participación en sociedades o negocios de cualquier clase y realizar financiaciones mediante la recepción y prestación de sumas de dinero, mercaderías, efectos públicos, acciones, otorgamiento de créditos, aportes de capital a sociedades o empresas constituidas o a constituirse y a personas, para operaciones realizadas o a realizarse, financiaciones en general, con fondos propios y/o de terceros, dar fianzas y garantías referentes a operaciones sociales. Para el mejor cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá realizar todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con ese objeto, como así también hacer cualquier clase de negocios de cualquier naturaleza, en las condiciones que autoricen las leyes y siempre con la mayor amplitud.- SÉPTIMA: DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital social de común acuerdo los socios lo establecen y lo fijan en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000), el que se divide en mil quinientas (1.500) cuotas de capital, fijando el valor nominal de cada una en PESOS CIEN ($100), que los socios suscriben en su totalidad y de acuerdo a la siguiente proporción: a) El Señor RODRIGO GUSTAVO TORRES, suscribe setecientas cincuenta (750) cuotas de capital con un valor nominal de PESOS CIEN ($100) cada una, ascendiendo a un total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00), que representa el cincuenta por ciento (50%) del capital social. b) El Señor LUCIO MARIANO ZURUETA, suscribe setecientas cincuenta (750) cuotas de capital con un valor nominal de PESOS CIEN ($100) cada una, ascendiendo a un total de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00), que representa el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social.-OCTAVA: SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL.-Al capital social los socios proceden a su suscripción e integración de manera total, completa y definitiva con el aporte en dinero en efectivo de la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) el Sr. Rodrigo Gustavo Torres, y PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) el Sr. Lucio Mariano Zurueta.-DEL PODER ESPECIAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO.- Los socios en forma unánime autorizan y/o facultan al Doctor Diego Cussel para que tramite la inscripción en los Registros correspondientes. Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes los ejemplares de ley-Act. Not. A-00975929- ESC. Leticia Belén Gilardi. ADS. REG. Nº 69- S.S de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.
San Salvador de Jujuy, 13 de Septiembre 2013.
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO
18 SEPT. LIQ. Nº 109623 $ 60,00








