BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 16/09/2013
ESCRITURA NUMERO CIENTO SETENTA Y NUEVE- Nº 179-ACTA COMPLEMENTARIA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “TF SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.”.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cinco días del mes de Septiembre del año dos mil trece, ante mi RAQUEL MARIA DELIA GAMEZ, Escribana Pública Titular del Registro Notarial Nº 6, COMPARECEN: Las señoras CAROLINA ISABEL FUENZALIDA, D.N.I. N° 34.349.195, CUIL 27-34349195-1, argentina, casada en primeras nupcias con Roberto Miguel Velázquez, estudiante, de 24 años de edad, con domicilio en calle Entre Ríos N° 170, Barrio Belgrano, San Pedro de Jujuy, Departamento San Pedro, de esta provincia y VERÓNICA DANIELA ALBORNOZ, D.N.I.N° 28.466.954, CUIL 27-28466954-7, argentina, soltera, ama de casa, de 32 años de edad, con domicilio en Pasaje Las Margaritas N° 141 Lote N° 6, Barrio Jardín, fraile Pintado, Departamento Ledesma, de esta Provincia, personas mayores de edad, hábiles de mi conocimiento, doy fe, Y MANIFIESTAN: Que comparecen a este acto en carácter de Socias Gerentes de “TF SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.” a merito de Escritura de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada “TF SEGURIDAD PRIVADA S.R.L” Nº 168 de fecha 15 de Agosto de 2013 autorizada por mi Escribana Pública Titular del Registro Notarial Nº 6, la que se encuentra en trámite de Inscripción en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, según Expediente N° C-009439/13, y que a los fines de dar cumplimiento con lo requerido por el mencionado Registro, resuelven por unanimidad aumentar el capital de Pesos cincuenta mil $ 50.000 a Pesos Ciento cincuenta mil $ 150.000. El aumento se suscribe íntegramente y se integra de la siguiente forma: La cantidad de Pesos Cien mil ($ 100.000) es suscripto íntegramente en este acto por las socias en la proporción del cincuenta por ciento (50%) o sea la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) cada una; el que aportan en su totalidad en dinero en efectivo, integrando el veinticinco por ciento (25%) de su respectiva suscripción, totalizando la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000) según lo acreditarán oportunamente con el respectivo comprobante de depósito, de conformidad a la normativa legal. El saldo sin integrar del setenta y cinco por ciento (75%) o sea la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000) será integrado por las socias cuando la administración de la sociedad lo requiera, en un plazo no mayo de (2) dos años, quedando de esta manera complementada y modificada la CLÁUSULA I.3) SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL del Contrato Constitutivo. No teniendo más que agregar, previa lectura y ratificación de su contenido, firman las comparecientes todo por ante mí, doy fe.- Están las firmas de las Señoras CAROLINA ISABEL FUENZALIDA y VERÓNICA DANIELA ALBORNOZ ante mí, esta mi firma y sello notarial. CONCUERDA: Con su Escritura Matriz que obra al folio 396 del Protocolo A, a mi cargo como Titular del Registro N° 6. Autorizada por mí, para “TF SEGURIDAD PRIVADA S.R.L”, expido el Primer testimonio en una hoja de Actuación Notarial, la que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.-
Ordenase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.
San Salvador de Jujuy, 13 de Septiembre 2013.
DR. RAMÓN ANTONIO SOSA
P/ HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO
16 SEPT. LIQ. Nº 109618 $ 110,00








