BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 16/09/2013
ESCRITURA NÚMERO CIENTO DIEZ-Nº 110.-MODIFICACIÓN DEL CONTRATO SOCIAL DE “GRAN PUCARA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 24 días del mes de julio del año dos mil trece, ante mí, FERNANDO RAÚL NAVARRO, Escribano Titular del Registro Notarial N° 31, comparecen los señores Jorge Girón, DNI Nº 12.007.959, CUIL 20-12007959-0, de profesión Transportista, argentino, de 54 años de edad, casado en primeras nupcias con Soledad del Valle Cruz, domiciliado en Ecuador Nº 263, Barrio Mariano Moreno, de esta Ciudad, Claudia del Valle Alabar, DNI Nº 23.167.176, CUIL 27-23167176-0, de profesión Transportista, argentina, de 40 años de edad, soltera, domiciliada en Pizurno N° 1928, Barrio San Pedrito, de esta Ciudad; Néstor Adrián Camargo, DNI Nº 25.613.913, CUIL 20-25613913-9, de profesión Transportista, argentino, de 36 años de edad, soltero, domiciliado en Pasaje Arroyo Nº 549 de las 560 Viviendas de San Pedrito de esta Ciudad; Cintia Lucrecia Girón, DNI Nº 28.998.386, CUIL 23-28998386-4, de profesión Transportista, argentina, de 31 años de edad, soltera, domiciliada en calle Coronel Dávila Nº 654 de Ciudad de Nieva de esta Capital; Antonio Sebastián Mercado, DNI Nº 35.825.826, CUIL 20-35825826-4, de profesión Transportista, argentino, de 22 años de edad, soltero, domiciliado en calle El Yaraví Nº 679 de esta Ciudad; Mario Rubén Pelazzo, DNI Nº 13.729.961, CUIL 20-13729961-6, de profesión Transportista, argentino, de 53 años de edad, soltero, domiciliado en Pasaje 22, Nº 261, Planta Baja, Departamento B, del Barrio Coronel Arias de esta Ciudad y Miguel Ángel Vega, DNI 23.581.534, CUIL 20-23581534-7, de profesión Ingeniero en Sistemas, argentino, de 39 años de edad, casado en primeras nupcias con María José Romano, domiciliado en Horacio Guzmán N° 781, Barrio San Pedrito de esta Ciudad, todos los comparecientes hábiles, mayores de edad, a quienes afirmo conocer en los términos del inciso a del artículo 1002 del Código Civil, doy fe. y como de que intervienen en el carácter de socios titulares del cien por ciento (100%) de las cuotas sociales de la sociedad que gira bajo la denominación de “GRAN PUCARA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio fiscal, real, contractual, legal y social en calle Necochea N° 225, 2° piso de esta Capital, calidad que acreditan con los elementos documentales que se relacionan seguidamente: I) Existencia Legal de la Sociedad y la calidad de socios la justifican con: a) Contrato de Constitución Social de la mencionada sociedad suscripto mediante escritura número 88 de fecha 25 de junio del año 2013, autorizada por ante mí en el Protocolo del Registro Notarial N° 31 a mi cargo, y cuyo Primer Testimonio se encuentra en trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, instrumento este que les otorga suficientes facultades para el presente acto- Y en el carácter precedentemente invocado EXPONEN: PRIMERO: DECLARACIÓN DE LAS PARTES: Los comparecientes manifiestan que de común acuerdo resuelven modificar el contrato social en sus CLÁUSULAS PRIMERA, TERCERA, SEXTA y DÉCIMO PRIMERA, las que quedarán redactadas de la siguiente forma:. PRIMERA.- Razón Social-La sociedad se denominará “GRAN PUCARA S.R.L”, con domicilio fiscal, real, contractual, legal, administrativo y social en calle Necochea N° 225, 2° Piso de esta Ciudad.- La sociedad podrá trasladar este domicilio, y podrá establecer sucursales, agencias, depósitos, puntos de venta y comercialización y representaciones en el resto del país.-TERCERA: La sociedad tendrá como objeto social: La explotación del Transporte Automotor de Pasajeros, urbano, corta, media y larga distancia, municipal, provincial y nacional, y todas las actividades complementarias o conexas como la instalación de talleres, lavaderos, repuestos, combustible o insumos, sea por cuenta propia o asociada.- Explotación de viajes, turismo, reservas, ventas de pasajes, organización, reservas y ventas de excursiones, hotelería, para lo cual podrán realizar todas las gestiones, mandatos, consignaciones, compras, ventas, y todo otro dato contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su objeto.- Para ello la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con su objeto social. SEXTA.-Administración y representación.- La representación de la Sociedad, estará a cargo de un (1) Gerente, que actuará con facultades amplias de administración de bienes y/o valores de la sociedad, pudiendo efectuar todo tipo de actos, convenios o gestiones, comerciales, administrativos, bancarios o judiciales, que, encontrándose dentro del objeto social, no perjudiquen a la sociedad.- Dentro de dichas facultades amplias, se mencionan a sólo título ejemplar, no limitativo, las siguientes: firmar cheques, letras de cambio, pagarés, facturas de crédito y demás documentos comerciales, así como avalarlos y/o endosarlos, realizar toda clase de operaciones bancarias con cualquier banco, oficial, mixto y/o particular, creado o a crearse, operar en cuenta corriente y a crédito, gestionar y obtener créditos a plazo, realizar inversiones de todo tenor, colocar dinero o valores a plazo fijo o cualquier tipo de operaciones, efectuar extracciones de fondos, adquisición, retiro y disposición de valores, acciones o títulos de cualquier naturaleza, otorgar poderes, sean especiales, generales y/o judiciales; con el objeto y extensión sin limitación alguna y revocarlos, firmar y rescindir convenios, cobrar pólizas de seguros en caso de siniestros. Para el uso y comprometer la firma social en actos o acciones, será esencial la firma del Gerente, y el sello de la denominación social. En este acto, todos los socios de común acuerdo designan como Gerente al señor MÁXIMO ALCOCER, DNI N° 8.197.980.- DÉCIMO PRIMERA.- Se confiere poder general y especial a favor del Doctor Miguel Ángel Rivas (h) y del Escribano Fernando Raúl Navarro, para que realicen todas las gestiones necesarias a efectos de obtener la conformidad administrativa, comercial y judicial del presente contrato, la inscripción en el Registro Público de Comercio, y las altas correspondientes en organismos oficiales, municipales, provinciales o nacionales, para la regularización de la sociedad en sus aspectos formales, fiscales, sociales, impositivos, provisionales, etc., con facultades amplias al respecto.- Quedan facultados a aceptar o subsanar las modificaciones contractuales que se observen o impongan por autoridades de aplicación, inclusive en la denominación societaria.-Finalmente, se confiere Poder general y especial a favor del Contador Público Nacional señor HÉCTOR CARLOS SOLER, D.N.I. N° 8.203.983, para concretar presentaciones, solicitar inscripciones, trámites en general, regularizaciones y pagos ante el Fisco Nacional, Provincial y Municipal, Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Dirección Provincial de Rentas (DPR) y demás organismos públicos y privados nacionales, provinciales y/o municipales.-IMPUESTOS: los comparecientes del contenido de la presente prestan su conformidad y aceptación, y agregan que por este acto confieren poder general y especial a favor del Doctor Miguel Ángel Rivas (h) y del Escribano Fernando Raúl Navarro, para que realicen todas las gestiones necesarias a efectos de obtener la inscripción de la presente Modificación del Contrato Social en el Registro Público de Comercio. Quedan facultados a aceptar o subsanar las modificaciones contractuales que se observen o impongan por autoridades de aplicación.- En consecuencia, las partes dejan formalizada la presente Modificación de Contrato Social.- Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes, todo por ante mí Escribano Autorizante que certifico y doy fe.- Hay siete firmas de JORGE GIRÓN, CLAUDIA DEL VALLE ALABAR, NÉSTOR ADRIÁN CAMARGO, CINTIA LUCRECIA GIRÓN, ANTONIO SEBASTIÁN MERCADO, MARIO RUBÉN PELAZZO y MIGUEL ÁNGEL VEGA. Ante mí FERNANDO NAVARRO sobre mi sello notarial.-CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mí al folio 257 del Protocolo del corriente año del Registro Notarial N° 31 a mi cargo, doy fe.-Act. Not. A-00149895-ESC. Fernando Raúl Navarro TIT. REG. Nº 31 S.S de Jujuy.-
Ordénase la publicación en el Boletin Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19.550.
San Salvador de Jujuy, 06 de Septiembre de 2013.
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO
16 SEPT. LIQ. Nº 109572 $ 70.00








