BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 09/01/15

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 4714-H.-

EXPTE. Nº 500-136-2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 ABR. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Dispónese, a partir del 1º de marzo de 2014, como parte integrante de las política salarial del presente ejercicio y a cuenta de futuros incrementos salariales, las siguientes medidas  a favor del personal de la Administración Pública Provincial centralizada comprendido en el Escalafón General Ley Nº 3.161, profesionales comprendidos en las Leyes Nº 4.413 y Nº 4.135,personal del ex I.P.P.S.: a) Creación de un Adicional Remunerativo Bonificable que resulta del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre los conceptos Remunerativos Bonificables, b)Incremento del VEINTIDOS POR CIENTO (22%) sobre: b. El Adicional  Remunerativo Bonificable previsto en el  Decreto-Acuerdo Nº 6362-H-06, b.2. El Adicional Remunerativo No Bonificable. b.3) El Adicional No Remunerativo Bonificable.

ARTICULO 2º.-Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presentes Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 3º.-Autorízase al Ministerio de Hacienda a dictar la normativa interpretativa y reglamentaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto-Acuerdo.

ARTICULO 4º.-Dispónese que la erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR