BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 11/09/2013

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY- DIRECCIÓN GENERAL DE DESPACHO. SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO.2013- ACTA: Licitación Pública Nacional N° 01/2011 Ref.: Ejecución de la Obra “PUENTE SOBRE RÍO XIBI XIBI PARA UNIR A LA CALLES BUSTAMANTE Y URIONDO”: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 24 días del mes de julio del año dos mil trece, siendo las horas diez y treinta, se reúnen en el Salón de Los Intendentes, los integrantes de la Comisión de Pre-Adjudicación para la Licitación Publica Nacional N° 01/2011 referida a la ejecución de la obra: “PUENTE SOBRE RÍO XIBI XIBI PARA UNIR LAS CALLES BUSTAMANTE Y URIONDO, la que se llevó a cabo el día 26 de mayo del 2011, siendo los mismos: Secretario de Obras Públicas, Arq. Aldo A. Montiel; Secretario de Hacienda, C.P.N. Juan C. Abud; Procuradora Municipal, Dra. Beatriz E. Altamirano; Procurador Municipal Adjunto, Dr. Pablo Read; Coordinador General de Obras y Servicios Públicos, Arq. Javier Bustos; Directora General de Presupuesto, Lic. Agustina Apaza; Director General de Compras y Suministros, M.P. Francisco J. Riso Patrón, Sub-Director General de Despacho, Dr. Rodrigo Altea; con el objeto de tomar conocimiento del Dictamen Nº 49891 emitido por la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad con fecha 13 de junio del corriente año, en el cual se expresa que si bien la Empresa Constructora Ing. Marcelo H. Zarif reconoce la observación realizada por la dependencia técnica, ya que dentro de la presentación que realizó no solo incluyo la subsanación de lo solicitado, también complementó la presentación con el rubro de movilización que no había agregado al momento de la oferta. En consecuencia estima que el error puesto de manifiesto no se puede considerar como un error formal sino como un error que afecta el fondo de la oferta realizada por la empresa en cuestión. Tampoco resulta aceptable, según la óptica de la subgerencia, la agregación de un nuevo ítem “Movilización de Obra” por un monto de $ 1.197.843,03, el cual, al no formar parte de la oferta original presentada por la empresa constructora, significaría una modificación de la misma. Asimismo, (no siendo viables las ofertas complementarias o propuestas de modificación que fueran entregadas con posterioridad al Acto de la Licitación) en virtud a las leyes y principios generales que rigen en materia de obra pública; por lo tanto deben ser rechazada dicha oferta porque resultaría violatoria del principio de igualdad toda actitud o comportamiento discriminatorio a favor de un oferente que no haya sido dispuesta en beneficio de los demás. En virtud de lo expuesto, Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Vialidad entiende que debe rechazarse la oferta para la Licitación Pública Nacional Nº 1/11, dictamen que es compartido por la Comisión de Pre-Adjudicación, por lo que se aconseja no adjudicar a la Empresa Constructora Ing. Marcelo Horacio Zarif. la presente obra y se aconseja al Ejecutivo municipal disponer la adjudicación de la misma a la Empresa LO BRUNO ESTRUCTURAS S.A.; a tal efecto comisionase al Arq. Aldo Alfredo Montiel y al Dr. Julio Rodrigo Altea, en forma indistinta, a efectuar las comunicaciones pertinentes. Fecho ello, nota a la Dirección Nacional de Vialidad dando a conocer sobre lo actuado. Todos los antes citados, previa lectura y ratificación íntegra de la presente Acta, proceden a su suscripción, en el lugar, fecha y horas identificados precedentemente.-

09/11/13 SEPT. LIQ. Nº 109550 $ 60.00