BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 03/04/2013
Dr. ENRIQUE R. MATEO, Pte de trámite en la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-272839/12, caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: CRADO GRACIELA MAGDALENA c/ VELÁZQUEZ CRISTIAN RUBÉN” se hace saber al Sr. VELÁZQUEZ CRISTIAN RUBÉN los siguientes decretos: PROVEÍDO de fs.46: “San Salvador de Jujuy, 8 de Mayo de 2012. Téngase por presentado al DR. JUAN IGNACIO MÓNACO, quien lo hace en nombre y representación de GRACIELA MAGDALENA CRADO, a mérito del instrumento que en fotocopia juramentada obra agregado a fs. 36/37, por parte y por constituido domicilio legal. De la demanda interpuesta, córrase traslado con las copias respectivas en el domicilio denunciado al accionado CRISTIAN RUBÉN VELÁZQUEZ para que comparezca a contestarla en el plazo de QUINCE DÍAS contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho de intervenir en el proceso si así no lo hiciere (art. 298 del C. P. C.). Intímase al accionado, para que dentro del plazo señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores Resoluciones- cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Atento el informe actuarial que antecede, intímase al Dr. JUAN IGNACIO MÓNACO a acreditar en el término de CINCO DÍAS de notificado aporte inicial, estampilla profesional, previsional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $5 por cada día de demora, más lo que dispone el art. 19 de la L. O. P. J. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr: ENRIQUE R. MATEO- Juez. Ante mí: CESAR H. BAREA- Prosecretario. PROVEÍDO DE FS. 69: “San Salvador de Jujuy, 26 de Diciembre de 2012. Atento lo solicitado por el Dr. JUAN IGNACIO MÓNACO, las constancias de autos y lo dispuesto por el art. 162 del C. P. Civil, notifíquese al accionado CRISTIAN RUBÉN VELAZQUEZ el proveído de fs. 46 mediante edictos, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS. Actuando en autos el principio contenido en el art. 72 de C. P. C., impónese al presentante la carga de confeccionar los Edictos dispuestos, los que deberán ser presentados en Secretaría para su control y posterior firma. Notifíquese por cédula. Fd. Dr. ENRIQUE R. MATEO- Juez. Ante mí: CESAR H. BAREA- Prosecretario”.-San Salvador de Jujuy, 18 de febrero de 2013.-
27 MAR. 03/05 ABR LIQ. Nº 108995 $ 60,00








