BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 03/04/2013

DRA. MARISA RONDON, Juez HABILITADA de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-253961/11 Caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ CRUZ LUDOVICO se procede a notificar por este medio a la SR. CRUZ LUDOVICO el siguiente proveído: SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DE AGOSTO DEL 2011”.- 1-Téngase por presentado DR. VERA LAMBRISCA, JOSÉ MARIA, por parte y por constituido domicilio legal y en nombre y representación de CARSA S.A., conforme lo acredita con el Poder Gral. para Juicios que arrima a la causa. 2- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C.,líbrese en contra del demandado CRUZ LUDOVICO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS CUATRO CON 31/100 CENTAVOS ($1.504,31) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 15/100 CENTAVOS($752,15), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores ., y cíteselo de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DÍAS, en el juzgado Civil y Comercial Nº2, Secretaria Nº4, sito en calle INDEPENDENCIA esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.-3- Al efecto comisionase al Sr. Juez de Paz, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Asimismo, intimase al demandado, para que en el plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).-4- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C).- Publíquese el Presente Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local y en un Diario Local TRES VECES en CINCO DÍAS.-Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de DICIEMBRE de 2012.-

25/27 MAR. 3 ABR LIQ. Nº 108972 $ 60,00.-