BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 12/01/15

Icon_PDF_6DECRETO Nº 6384-H.-

EXPTE. Nº 761-40197/2012.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 NOV. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.Reconócese en el marco de lo normado por el articulo 6º de la Ley Nº 24.557 el accidente laboral sufrido por la Señora LIQUITAY, CANDIDA PAULINA, D.N.I. Nº 6.243.025 el día 28 de Diciembre de 2011.

ARTICULO 2º.Facultase a Fiscalía de Estado a celebrar Convenio de Pago con la Señora LIQUITAY, CANDIDA PAULINA en concepto de indemnización por accidente laboral, como consecuencia del infortunio padecido por la misma en fecha 28 de diciembre de 2011, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON SIETE CENTAVOS ($33.585,07).

ARTICULO 3º.Previo cumplimiento de lo dispuesto en el articulo anterior, autorizase a Contaduría de la Provincia a emitir la correspondiente Orden de Pago a favor del INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUINCO CON SIETE CENTAVOS ($33.585,07), en concepto de indemnización por accidente de Trabajo sufrido por la Señora LIQUITAY, CANDIDA PAULINA el día 28 de diciembre de 2011, con cargo de reintegrar dicho monto a la misma.

ARTÍCULO 4º.Autorizase a Fiscalía de Estado para que en caso de corresponder, repita del tercero responsable del accidente laboral acaecido el día 28d e diciembre de 2011 la suma dinerarias que el Estado Provincial deba abonar como consecuencia del mismo conforme a las previsiones del art. 39, aprtado5 de la Ley 24557.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR